Ya son muchos los que han decidido adoptar este tipo de licencias que, frente al «todos los derechos reservados», plantea el «algunos derechos reservados». Eso no supone una renuncia de los derechos de autor sino un modo diferente de ejercerlos. El hecho de que la propiedad intelectual tradicional, aplicada a este contexto tecnológico, es más un obstáculo que una ayuda, justifica el cambio.
Las licencias Creative Commons, que ponen alas donde el copyright restrictivo ponía candados y grilletes, no solo favorecen el acceso a la cultura, sino que, al permitir que los creadores puedan basarse en obras anteriores con mayor libertad, favorecen a la creación misma.
Teniendo en cuenta que, a excepción de la venta de discos, todos los modos de explotación de la música están aumentando en la misma proporción en la que crecen los fanáticos de la música, no sería descabellado pensar que para muchos es un buen negocio difundir sus obras en Internet y cobrar con la venta de licencias individualizadas, con los beneficios obtenidos por la comunicación pública o con el merchandising.
El problema es que los derechos de remuneración son de gestión colectiva obligatoria y, si los quieres ejercer, debes asociarte a una entidad de gestión, lo que hoy supone la imposibilidad de tener una licencia Creative Commons. Eso no ha impedido que un gran número de músicos opten por este tipo de licencias, pero, a medio plazo, la solución pasa por crear una entidad que las admita. Si no fuera así, no solo los autores no podrían cobrar por ciertos usos que se hagan de sus obras, sino que la generalización de estas licencias supondría una fuente más de recaudación para las entidades de gestión, que cobrarían esos derechos aunque pertenecieran a autores no asociados y terminarían destinándolos a las actividades culturales o asistenciales de esa entidad.
Creative Commons debe entenderse sin perjuicio de los límites que tiene la propiedad intelectual. A veces este tipo de licencias son usadas como argumento por los fanáticos del copyright, que suelen decir algo así como «estamos totalmente de acuerdo con estas licencias, si los autores que las adoptan quieren permitir que un usuario copie su obra, están en su derecho, pero si yo no quiero hacerlo, debe respetarse esa decisión». Pero no es cierto que en nuestro Derecho el autor pueda decidir sobre todos y cada uno de los usos de su obra. En determinados casos establecidos por la ley, las obras pueden usarse incluso sin autorización del autor y eso es así con independencia de las licencias que se establezcan.