CAPÍTULO XVII

LOS MEDIOS FIDUCIARIOS Y LA DEMANDA DE DINERO

1

Influencia de los medios fiduciarios sobre la demanda de dinero en sentido estricto

El desarrollo del sistema de compensación, especialmente a través de las cámaras de compensación propiamente dichas, reduce la demanda de dinero en sentido amplio: parte de los cambios realizados con ayuda del dinero pueden llevarse a cabo sin la circulación efectiva y física del mismo o de sus sustitutos. Surge así una tendencia hacia la reducción del valor de cambio objetivo del dinero, que ha contrarrestado su tendencia a subir ligada al enorme aumento en la demanda de dinero como consecuencia de la progresiva extensión de la economía monetaria. El desarrollo de los medios fiduciarios produce la misma clase de efectos; los medios fiduciarios, que, como sustitutos del dinero, pueden ocupar el lugar del dinero en el comercio, reducen la demanda de dinero en sentido estricto. Aquí radica la gran importancia de los medios fiduciarios, y aquí deben buscarse sus efectos sobre la relación de cambio entre el dinero y otros bienes económicos.

El desarrollo de los medios fiduciarios, la institución más importante para reducir la necesidad de dinero en sentido estricto, así como el establecimiento y desarrollo de las cámaras de compensación, la institución más importante para reducir la necesidad de dinero en sentido amplio, no han obedecido exclusivamente al libre juego de las fuerzas económicas. La demanda de créditos por parte de los comerciantes, de los industriales, de los príncipes y los estados, así como el deseo de los banqueros de obtener un beneficio, no han sido las únicas fuerzas que han influido en su desarrollo. También la política económica intervino conscientemente en el proceso con el fin de impulsarlo y facilitarlo. En la medida en que la ingenua fe estilo Midas en la utilidad de grandes existencias de metales preciosos desaparezca y sea sustituida por una sobria consideración del problema monetario, se irá imponiendo la opinión de que una reducción en la demanda nacional de dinero en sentido estricto constituye un problema del mayor interés económico. Adam Smith sugirió que la sustitución del oro y la plata por papel, es decir por billetes, equivaldría a sustituir un medio costoso de cambio por otro menos caro que no obstante realizaría el mismo servicio. Compara el oro y la plata que circula en un país con una carretera por la que tiene que circular todo el trigo que hay que llevar al mercado pero que sin embargo nada produce. La emisión de billetes, dice, crea, como si dijéramos, un camino a través del aire y permite convertir gran parte de los caminos en campos fértiles, aumentando de este modo considerablemente la renta anual de la tierra y del trabajo[1]. Análoga opinión sostiene Ricardo. También él ve la principal ventaja del uso de billetes en la disminución del coste para la comunidad del sistema circulatorio. Su sistema monetario ideal es el que asegura a la sociedad, con el mínimo coste, el uso de una moneda de valor invariable. Partiendo de este punto de vista, formula sus recomendaciones, encaminadas a expulsar de la circulación interior la moneda formada por metales preciosos[2].

Las opiniones sobre la naturaleza de los métodos de pago que disminuyen la demanda de dinero, desarrolladas por los economistas clásicos, eran ya conocidas en el siglo XVIII. Su aceptación en los escritos de los economistas clásicos y la brillante forma en que fueron expuestas aseguraron su general reconocimiento en el siglo XIX y también en el XX. La oposición que ocasionalmente encontraron ha desaparecido completamente. En todos los países la política bancaria tiende a asegurar la máxima extensión posible de los medios de pago que economizan dinero.

Si se emplea dinero metálico, las ventajas de una disminución en la demanda de dinero que resulten de la extensión de otros medios de pago son manifiestas. En realidad, el desarrollo del sistema de compensación y de los medios fiduciarios ha sido compatible con el incremento potencial de la demanda de dinero producida por la extensión de la economía monetaria, de tal suerte que el enorme aumento en el valor de cambio del dinero, que de otro modo se habría producido como consecuencia de la extensión en el uso del dinero, se ha evitado por completo, junto con sus indeseables consecuencias. Si no hubiera sido por esto, el aumento del valor de cambio del dinero, y también del metal monetario, habría dado un creciente impulso a la producción de metal. Se habría desviado capital y trabajo de otras ramas de la producción para dedicarlos a producir metal monetario. Es claro que ello habría significado un aumento en los beneficios de determinadas empresas individuales, pero a costa del bienestar de la comunidad. El aumento en las existencias de metales preciosos con fines monetarios no habría significado un progreso en la situación de los miembros de la sociedad: éstos no habrían progresado en la satisfacción de sus necesidades, ya que la función monetaria pudo también llevarse a cabo perfectamente con existencias más pequeñas. Y, por otra parte, se habría podido disponer de una cantidad menor de bienes económicos para la satisfacción directa de las necesidades humanas, si una parte del capital y de la fuerza laboral que se habría empleado en su producción se hubiera desviado hacia la producción de metales preciosos. Aun prescindiendo del desvío de la producción, se habría originado un descenso en la prosperidad debido a que, como consecuencia del alza en el valor de los metales preciosos causada por su empleo con fines monetarios, habrían disminuido las existencias destinadas a la industria, ya que determinadas cantidades se habrían transferido del empleo industrial al monetario. Todo esto resulta particularmente claro si pensamos en una comunidad económica que no produce por sí misma los metales preciosos sino que los importa. Aquí la cuantía de los costes se expresa por la cantidad de bienes que tiene que suministrar al extranjero para obtener la cantidad suplementaria de metal monetario. En un país que produce metales preciosos, la situación es la misma en principio; lo único que difiere es la forma de considerar la pérdida de bienestar causada por el sacrificio de otros sectores de la economía y la preferencia por la producción de metales preciosos; quizá sea menos perceptible, pero en teoría es igualmente comprensible. La medida del daño adicional causado por la desviación de metal para usos monetarios viene siempre dada por la cantidad de metal que se retira de otros usos en favor de los usos monetarios.

Cuando se emplea dinero-signo o dinero-crédito, no surgen estas razones en favor de la extensión de métodos compensatorios de pago y de los medios fiduciarios. Lo único en su favor es que evitarán un aumento en el valor del dinero, consideración que, por lo demás, es decisiva. Cuando se emplean, el principio de establecer el aparato monetario nacional y mantenerlo en funcionamiento con el mínimo coste debe alcanzarse por otra vía. Debe ser objeto de la política, por ejemplo, fabricar el papel moneda con el mínimo coste de producción. La importancia del descenso de la demanda monetaria de metales preciosos se manifiesta en su simple dimensión cuantitativa. Por grande que sea el esmero que se ponga en la producción de billetes, su coste de producción nunca podrá compararse con el de los metales preciosos. Aun teniendo en cuenta los costes de la producción artística de los billetes, importante medida de precaución contra las falsificaciones, es claro que el problema de disminuir los costes del aparato circulatorio cuando se emplea dinero-signo o dinero-crédito es enteramente diferente de cuando se trata del empleo de dinero-mercancía.

2

Las fluctuaciones en la demanda de dinero

Para poder apreciar exactamente la influencia de los métodos compensatorios de pago y de los medios fiduciarios sobre el desarrollo de la demanda de dinero, es necesario aclarar la naturaleza de las variaciones en su demanda.

Las fluctuaciones en la demanda de dinero, en lo que respecta a las condiciones objetivas de su desarrollo, se rigen en todas partes por la misma ley. Cuando se extiende el cambio a través del dinero, la demanda de éste aumenta; por el contrario, una disminución del cambio indirecto, un retorno al cambio in natura, la hace descender. Pero aun al margen de las variaciones en la extensión del cambio indirecto, que en nuestros días son insignificantes, se producen variaciones de mayor amplitud en la demanda de dinero debidas a factores del desarrollo económico general. El aumento de la población, el progreso en la división del trabajo, junto con la extensión del cambio que ello comporta, aumenta la demanda de dinero en los individuos, y también por consiguiente la demanda de dinero de la sociedad, integrada por las demandas de los individuos. El descenso de la población y el retroceso de la economía monetaria produce una contracción. Éstos son los determinantes de los grandes cambios en la demanda de dinero. Dentro de estas grandes variaciones, es posible observar movimientos periódicos más pequeños. Tales son, en primer lugar, los producidos por las fluctuaciones comerciales e industriales, por la alternancia de los ciclos (auge y depresión) propios de la vida económica moderna, por los buenos y los malos negocios[3]. La cresta y la sima de la ola cubren siempre un periodo de varios años; pero también dentro de un año, trimestres, meses y semanas, e incluso días, existen considerables fluctuaciones en el nivel de demanda de dinero. Las transacciones que implican el uso del dinero se concentran en determinados momentos; e incluso cuando no ocurre así, la demanda de dinero se diferencia por la práctica de algunos vendedores de realizar su parte en las transacciones en fechas determinadas. En los mercados diarios apenas se produce el hecho de que la demanda de dinero durante las horas de mercado sea mayor que antes o después. El alza y la baja periódicas de la demanda de dinero pueden apreciarse mejor cuando las transacciones se concentran semanalmente o en mercados anuales o mensuales. Los mismos efectos se producen por la costumbre de no pagar los sueldos y los salarios diariamente, sino por meses, semanas o trimestres. Las rentas de los intereses y los reembolsos de cantidades se pagan generalmente en fechas señaladas. Las cuentas del sastre, del zapatero, del carnicero, del panadero, del librero, del médico, etc., no se pagan diariamente, sino periódicamente. La tendencia en todos estos acuerdos se fortalece grandemente por la práctica mercantil de establecer ciertos días como días de pago. Los días quince o los finales de mes han adquirido una importancia especial a este respecto, y, entre los últimos días de mes, especialmente el último día de un trimestre. Pero, sobre todo, los pagos que hay que realizar en una comunidad durante el año se concentran en el otoño, por la decisiva circunstancia de que la agricultura, por razones naturales, tiene entonces su periodo de mayor actividad. Todos estos hechos han sido repetidos e ilustrados hasta la saciedad por la estadística; en nuestros días, son lugares comunes de todas las discusiones sobre la naturaleza de los bancos y del dinero[4].

3

La elasticidad del sistema de cancelación recíproca

Se suele atribuir a la elasticidad del sistema de pagos —supuestamente obtenida por medio del sistema crediticio y del continuo perfeccionamiento de la organización y de la técnica bancarias— la capacidad de ajustar en cualquier momento la cantidad disponible de dinero al nivel de su demanda sin que se ejerza influencia alguna sobre la relación de cambio entre el dinero y otros bienes económicos. Se afirma que no existe una relación fija en virtud de la cual el volumen de los medios fiduciarios y de las transacciones bancarias o acuerdos privados en que se verifican transferencias de dinero dependa rígidamente de la cantidad del mismo. En vez de existir una relación cuantitativa fija entre el dinero y sus sustitutos, es decir entre las existencias de dinero y las diversas transacciones de cambio y de pago, se dice que la organización de las instituciones bancarias y el sistema de crédito ha hecho que el comercio se mantenga independiente en el más alto grado respecto a la cantidad de dinero disponible. Se dice que la actual organización de los sistemas monetario, crediticio y compensatorio tiene la tendencia a equilibrar las variaciones en la cantidad de dinero y hacerlas inefectivas, consiguiendo así que los precios, en la medida de lo posible, sean independientes de la cantidad existente de dinero[5]. Otros atribuyen esta capacidad de ajuste solamente a los medios fiduciarios[6], billetes o depósitos sin cobertura[7].

Antes de poder afirmar la validez de tales afirmaciones, es preciso disipar la oscuridad debida a la confusión entre los efectos del sistema de compensación y los de la emisión de medios fiduciarios. Ambos deben considerarse por separado.

La reducción en la demanda de dinero en sentido amplio resultante de la práctica de liquidar prestaciones y contraprestaciones compensando unas con otras está limitada, en primer lugar, por el número y cantidad de los derechos y obligaciones que deben hacerse efectivos en la misma fecha. No es posible cancelar recíprocamente un número o cantidad de obligaciones entre dos partes superior al que existe entre ellas en un momento dado. Si el pago se realiza, no en dinero, sino mediante la transferencia de títulos sobre terceros que se cancelan por el cesionario y el deudor mediante títulos que el último posee contra el primero, entonces puede ampliarse el campo del proceso compensatorio. Las cámaras de compensación, que hoy existen en todos los centros comerciales importantes, pueden evitar todas las dificultades técnicas y jurídicas en la forma de realizar tales transferencias, y así han servido extraordinariamente para dar mayor amplitud al sistema de cancelación recíproca. Sin embargo, el sistema de compensación es aún capaz de ulterior perfeccionamiento. Aún siguen haciéndose mediante transferencia efectiva de dinero muchos pagos que podrían cancelarse por compensación.

Si imaginamos el sistema de compensación completamente desarrollado, de tal suerte que se intente realizar por compensación todos los pagos, incluso los pagos al por menor de la vida comercial cotidiana (que, por razones prácticas, no parece que puedan realizarse de esta manera), entonces nos encontramos frente a un segundo límite en la extensión del sistema compensatorio, aunque éste, a diferencia del primero, es insuperable. Aun cuando la sociedad se encontrara en una situación de estabilidad en que no hubiera variaciones en las rentas y patrimonios relativos de los individuos y en la dimensión de sus reservas, la completa cancelación recíproca de todas las transferencias de dinero a realizar en un momento dado sólo sería posible si el dinero recibido por los individuos se gastase inmediatamente y nadie deseara retener una suma en reserva frente a gastos imprevistos e indefinidos. Pero desde el momento en que estos supuestos no se verifican, y nunca podrán verificarse mientras el dinero sea el medio común de cambio, la conclusión es que las transacciones que pueden realizarse por el sistema de compensación encuentran un límite rigurosamente insuperable. La demanda de dinero en sentido amplio de una comunidad, incluso con el mayor desarrollo posible del sistema de cancelación recíproca, no puede forzarse más allá de un límite que será determinado de acuerdo con las circunstancias.

Ahora bien, el grado de desarrollo a que actualmente ha llegado el sistema de compensación, dentro de los límites que las circunstancias del tiempo lo permiten, no depende en modo alguno de la relación entre la demanda de dinero y la cantidad del mismo. Un descenso relativo en una u otra no puede como tal ejercer una influencia directa ni indirecta en el desarrollo del sistema compensatorio. Tal desarrollo se debe invariablemente a causas especiales. No es más justificable suponer que la extensión progresiva del principio de compensación reduce la demanda de dinero precisamente en el mismo grado en que la aumenta la mayor expansión del comercio, que suponer que el crecimiento del sistema de compensación no puede nunca superar el aumento de la demanda del dinero. La verdad es que las dos líneas de desarrollo son completamente independientemente una de otra. Hay relación entre ellas sólo en la medida en que un intento deliberado de contrarrestar un alza en el valor de cambio del dinero reduciendo su demanda por medio de un mayor desarrollo del sistema de compensación puede realizarse con mayor vigor durante un periodo de alza de los precios; suponiendo, desde luego, que el objetivo de la política monetaria sea impedir un aumento del poder adquisitivo del dinero. Pero no se trata ya de un ajuste automático de las fuerzas que actúan sobre el valor de cambio objetivo del dinero, sino de experimentos políticos de influir sobre él, siendo problemático el que tales medidas puedan ir acompañadas por el éxito.

Así, es fácil advertir lo poco justificado que está atribuir al sistema de compensación la propiedad —sin afectar al valor objetivo de cambio del dinero— de corregir las disparidades que pueden surgir entre la cantidad de dinero y la demanda del mismo, y que de otro modo podrían ser eliminadas sólo por las oportunas variaciones automáticas en la relación de cambio entre el dinero y los demás bienes económicos. El desarrollo del sistema de compensación es independiente de los demás factores que determinan la relación entre oferta y demanda de dinero. El efecto sobre la demanda de dinero de una expansión o contracción del sistema de cancelación recíproca constituye, pues, un fenómeno independiente que lo mismo puede fortalecer que debilitar las tendencias que por otras razones ejercen una influencia en el mercado sobre la relación de cambio entre el dinero y las mercancías. Parece evidente que un aumento en el número y en el volumen de los pagos no puede ser el único determinante de la demanda de dinero. Parte de los nuevos pagos se liquidarían por el sistema de compensación; ya que éste también, ceteris paribus, se extendería de tal manera que en adelante sería responsable de la liquidación de la misma proporción de todos los pagos que antes. El resto de los pagos sólo podrían tramitarse mediante un proceso compensatorio, si se produjese una extensión del sistema de compensación más allá del grado acostumbrado; pero tal extensión no puede traducirse automáticamente en un aumento en la demanda de dinero.

4

La elasticidad de una circulación del crédito basada en letras, especialmente letras sobre mercancías

La doctrina de la elasticidad de los medios fiduciarios, o, expresado más correctamente, de su ajuste automático en cualquier tiempo dado a la demanda de dinero en sentido amplio, constituye el verdadero centro de las modernas discusiones sobre teoría bancaria. Vamos a demostrar que esta doctrina no se corresponde con los hechos, al menos en la forma en que generalmente se entiende y expone; y ello nos servirá al mismo tiempo para refutar uno de los más importantes argumentos de quienes se oponen a la teoría cuantitativa[8].

Tooke, Fullarton, Wilson, y sus primeros discípulos ingleses y americanos, enseñaron que no está en manos de los bancos de emisión aumentar o disminuir la circulación de sus billetes. Sostienen que la cantidad de billetes en circulación está determinada por la demanda de medios de pago dentro de la comunidad. Cuando el número y cantidad de los pagos aumenta, aumentan también los medios de pago en número y cantidad; cuando el número y la cantidad de los pagos disminuye, los medios de pago disminuyen igualmente. Así, pues, la expansión y la contracción de la cantidad de billetes en circulación no es la causa sino el efecto de las fluctuaciones de la vida económica. De donde se sigue que la posición de los bancos es meramente pasiva, ya que no sólo no pueden influir en las condiciones que determinan la cuantía de la circulación total, sino que resultan influenciados por ellas. Así, todo intento de ampliar la emisión de billetes más allá de los límites establecidos por las condiciones generales de la producción y de los precios resulta inmediatamente frustrado por el reflujo del exceso de billetes, puesto que éstos no son necesarios para realizar pagos. Y, a la inversa, el resultado de intentar una reducción arbitraria de la circulación de billetes será inducir a otro banco de la competencia a subsanar esta deficiencia; y si esto no es posible, por ejemplo por estar legalmente limitada la emisión de billetes, entonces el comercio creará por sí mismo otros medios de circulación, tales como letras, que ocuparán el lugar de los billetes de banco[9].

Es acorde con la opinión expuesta por los defensores de la teoría bancaria sobre la esencial semejanza de los billetes y los depósitos aplicar también a éstos lo que sobre este punto afirman acerca de los billetes. Así es como se entiende hoy generalmente la doctrina de la elasticidad de los medios fiduciarios[10]; y sólo así es como puede defenderse con una apariencia de justificación. También debemos suponer, como generalmente se admite, que el hecho de que los medios fiduciarios reviertan a los bancos, ya sea en forma de billetes presentados para su conversión a metálico, ya en forma de demandas de retirada de depósitos, no implica una falta de confianza del público en los bancos de emisión. Suposición que concuerda perfectamente con las enseñanzas de Tooke y sus discípulos.

El error fundamental de la Escuela Bancaria radica en su incapacidad para comprender la naturaleza de la emisión de medios fiduciarios. Cuando un banco descuenta una letra o concede un préstamo, lo que hace es cambiar un bien presente por un bien futuro. Ahora bien, como el banco crea el bien presente que entrega en el cambio —el medio fiduciario— prácticamente de la nada, sólo podría hablarse de una limitación natural de la cantidad de medios fiduciarios si la cantidad de bienes futuros que se cambian en el mercado de préstamos contra bienes presentes estuviera, a su vez, limitada a una cantidad fija. Pero no sucede así. La cantidad de bienes futuros aparece ciertamente determinada por circunstancias externas, pero no por la de los futuros bienes que se ofrecen en el mercado en forma de dinero. Quienes emiten medios fiduciarios pueden provocar un aumento en la demanda de éstos exigiendo por ellos un tipo de interés inferior al tipo natural de interés, esto es, el tipo de interés que se fijaría por la oferta y la demanda si el capital real se prestara in natura sin mediación de dinero[11], mientras que, por otro lado, la demanda de medios fiduciarios cesaría enteramente tan pronto como los bancos elevaran el tipo de interés por encima del tipo natural. La demanda de dinero o de sustitutos de dinero que se expresa en el mercado del crédito es, en última instancia, una demanda de bienes de capital o, cuando se trata de crédito al consumo, de bienes de consumo. Quien trata de obtener «dinero» prestado es porque necesita obtener otros bienes económicos. Incluso cuando sólo desea incrementar su reserva, su único objetivo es asegurarse la posibilidad de obtener otros bienes a cambio en un momento dado. Lo mismo sucede cuando necesita el dinero para hacer frente a obligaciones vencidas; en este caso, es la persona que recibe el pago la que trata de adquirir otros bienes económicos con el dinero recibido.

La demanda de dinero y de sustitutos de dinero que determina la relación de cambio entre el dinero y los demás bienes económicos logra su expresión únicamente en la conducta de los individuos cuando éstos compran y venden esos bienes. Sólo cuando, por ejemplo, se cambia dinero por pan, la posición de ambos bienes económicos, el dinero y la mercancía, en la escala de valores de las partes que intervienen en la transacción entra en juego como base de la acción; y de ahí surge la precisa razón aritmética del cambio. Pero cuando se solicita un préstamo en dinero que deberá devolverse también en dinero, entonces tales consideraciones están fuera de lugar. Únicamente se tiene en cuenta la diferencia de valor entre bienes presentes y bienes futuros, y sólo esto influye en la determinación de la relación de cambio, esto es, en la determinación del nivel del tipo de interés.

Por esta razón el Principio Bancario es incapaz de demostrar que no pueden ponerse en circulación medios fiduciarios por encima de una cantidad determinada por precisas circunstancias que no dependen de la voluntad del emisor. Y por ello ha dirigido su principal atención a demostrar la afirmación de que cualquier cantidad superflua de medios fiduciarios será retirada de la circulación, retornando al organismo emisor. Como dice Fullarton, los medios fiduciarios, a diferencia del dinero, no llegan al mercado como pagos, sino como préstamos; y por eso deben automáticamente refluir al banco cuando se paga el préstamo[12]. Así es, en efecto. Pero Fullarton olvida la posibilidad de que el deudor se procure la cantidad necesaria de medios fiduciarios que precisa para el pago mediante un nuevo préstamo.

Siguiendo aquella línea de pensamiento que se encuentra ya en Fullarton y sus seguidores, y en defensa de ciertas instituciones del sistema bancario inglés y continental, las cuales, debemos reconocer, tienen un significado en la práctica totalmente diferente del que erróneamente se les atribuye, la literatura bancaria más reciente insiste en la importancia que tienen las letras a corto plazo sobre mercancías para el establecimiento de un sistema crediticio elástico. Se dice que el sistema por el que se realizan los pagos podría adaptarse mejor a las condiciones reales si se mantuviera en una conexión causal inmediata con la demanda de medios de pago. Según Schumacher, esto puede hacerse únicamente por medio de billetes de banco, y se ha hecho en Alemania basando los billetes en letras sobre mercancías, cuya cuantía aumenta o disminuye según la intensidad de la vida económica. Por medio del descuento, en lugar de letras que devengan un interés (y que tienen una capacidad de circulación limitada, ya que su cuantía es siempre diferente, su validez de duración restringida y su garantía dependiente del crédito de numerosas personas), se emiten billetes de banco (que se ponen en circulación en grandes cantidades por una institución semipública conocida, poseen siempre igual valor, sin limitación en cuanto al tiempo, y, por ello, tienen una amplia capacidad de circulación, comparable a la de la moneda metálica). De esta manera, al reembolsar las letras descontadas, tiene lugar un cambio en la dirección opuesta: los billetes de banco o, en su lugar, el dinero metálico, afluyen al banco, disminuyendo la cantidad de medios de pago en circulación. Se suele argüir que si el dinero se define como un título representativo de servicios prestados, entonces los billetes de banco basados en letras aceptadas responden a esta idea en su máximo alcance, ya que el billete une estrechamente el servicio y su representación y desaparece regularmente de la circulación después de que la letra ha sido negociada. Se pretende que, por medio de esta conexión orgánica entre la emisión de los billetes de banco y la vida económica, creada por las letras sobre mercancías, la cantidad de medios de pago en circulación se ajusta automáticamente a la necesidad que de ellos experimenta el mercado. Y que cuanto mejor se consiga esto, más difícil será que el propio dinero experimente las variaciones de valor que afectan a los precios, y más sujeta estará la determinación de los precios a la oferta y la demanda en el mercado de bienes[13].

Frente a esto, debemos en primer lugar preguntar si es posible establecer una distinción radical entre billetes de banco y otros sustitutos monetarios, entre billetes no cubiertos por dinero y otros medios fiduciarios. Los depósitos que pueden ser retirados en cualquier momento mediante cheque, aparte de ciertos detalles menores de orden técnico y jurídico que los hacen inservibles en el comercio al por menor, así como en algún otro género de pagos, son tan sustitutos del dinero como puedan serlo los billetes de banco. Es indiferente, desde el punto de vista económico, que el banco descuente una letra pagando en billetes o que lo haga mediante un crédito en cuenta corriente. Desde el punto de vista de la técnica bancaria pueden existir ciertas diferencias importantes con respecto al banco oficial; pero que el banco emita crédito en el negocio del descuento solamente o conceda también otros créditos a corto plazo no tiene gran importancia. Una letra es sólo una promesa de pago con una especial cualificación comercial y jurídica. No existe diferencia económica entre un título en forma de letra y cualquier otro título de igual bondad e idéntica fecha de vencimiento. La letra difiere sólo jurídicamente de una deuda por plazo indeterminado procedente de una operación de compra a crédito. Por ello es exactamente igual hablar de la elasticidad de la circulación de los billetes basados en letras sobre mercancías que de la elasticidad de la circulación de medios fiduciarios resultantes de la cesión de títulos a corto plazo provenientes de ventas a crédito.

Ahora bien, el número y amplitud de las compras y ventas realizadas a crédito no es en modo alguno independiente de la política crediticia seguida por los bancos emisores de medios fiduciarios. Si se endurecen las condiciones en que se concede el crédito, su número descenderá; en caso contrario, aumentará. Cuando existe un aplazamiento en el pago del precio, sólo podrán vender quienes no necesitan dinero inmediatamente; pero en este caso no se solicita crédito de los bancos. En cambio, quienes necesitan dinero inmediatamente sólo podrán realizar ventas a crédito si tienen la posibilidad de convertir en dinero de forma inmediata los títulos que les produce la transacción. Quienes venden a crédito sólo pueden colocar aquellos bienes presentes a disposición del mercado crediticio que efectivamente poseen; no sucede lo mismo con los bancos, ya que éstos pueden proporcionar bienes presentes adicionales mediante la emisión de medios fiduciarios. Se encuentran en una posición capaz de satisfacer todas las demandas de crédito que se les haga. La amplitud de tales demandas depende simplemente del precio que exijan por conceder el crédito. Si este precio es inferior al tipo natural de interés —y tal debe ser si quieren obtener algún beneficio con la emisión de medios fiduciarios; no se olvide que ofrecen al mercado un crédito adicional—, entonces tales demandas aumentarán.

Es cierto que cuando vencen los créditos concedidos por los bancos a través de la emisión de medios fiduciarios retorna a ellos una cantidad correspondiente de dichos medios, disminuyendo así la cantidad en circulación. Pero al mismo tiempo los bancos emiten nuevos préstamos y nuevos medios fiduciarios afluyen al mercado. Naturalmente, quienes sostienen la teoría de la letra-mercancía objetarán que una nueva emisión de medios fiduciarios sólo podrá tener lugar si se producen nuevas letras y se presentan al descuento. Lo cual es totalmente cierto. Pero el que se produzcan nuevas letras dependerá de la política crediticia de los bancos.

Tratemos de representarnos la historia de una de estas letras o, más correctamente, de una cadena de letras. Un traficante de algodón vende una partida de algodón en rama a una hilandería. Gira sobre ésta una letra aceptada a noventa días, que luego descuenta en el banco. Pasados los noventa días, la letra es presentada por el banco a la hilandería y rescatada por ésta. La hilandería vende al tejedor el hilo, procurándose dinero mediante la negociación de una nueva letra girada sobre éste y aceptada por él. El que estas dos operaciones de compra-venta se realicen depende principalmente del tipo de descuento bancario. El vendedor —en el primer caso el traficante en algodón, en el segundo la hilandería— necesita el dinero de forma inmediata; sólo puede realizar la venta con un aplazamiento en el pago del precio de compra si la suma a pagar a los tres meses, menos el descuento, iguala por lo menos la suma a la que él no está dispuesto a vender su mercancía. No es necesario dar más explicaciones acerca del significado que tiene el tipo de descuento bancario en este cálculo. El ejemplo prueba nuestra afirmación incluso si suponemos que la mercancía vendida llega a los consumidores en el curso de los noventa días durante los cuales circula la letra y es pagada por éstos sin acudir directamente al crédito, ya que las sumas que los consumidores emplean para este propósito las han obtenido en concepto de salarios o beneficios resultantes de transacciones que sólo fueron posibles gracias a los créditos concedidos por los bancos.

Cuando vemos que la cantidad de letras presentadas al descuento aumenta en unos momentos y disminuye en otros, no debemos concluir que tales fluctuaciones se explican por la demanda monetaria de los individuos. La única conclusión posible es que en las condiciones puestas temporalmente por los bancos no hay más gente que busque crédito. Si los bancos de emisión aproximan al tipo natural de interés el que aplican a sus préstamos, la demanda de crédito disminuye; si rebajan el interés por debajo del tipo natural, la demanda aumenta. La causa de las fluctuaciones en la demanda de crédito de los bancos de emisión no hay que buscarla sino en la política crediticia que éstos siguen.

Gracias al poder de que disponen para conceder créditos mediante la emisión de medios fiduciarios, los bancos son capaces de incrementar indefinidamente la cantidad de dinero y de sustitutos monetarios en circulación. Emitiendo medios fiduciarios, pueden aumentar la cantidad de dinero en sentido amplio de tal manera que un aumento en la demanda de dinero, que de otro modo conduciría a un aumento en el valor objetivo de éste, anula sus efectos sobre la determinación del valor del dinero. Pueden, limitando la concesión de préstamos, reducir tanto la cantidad de dinero en sentido amplio en circulación que evitan el descenso del valor de cambio objetivo del dinero que de otro modo se produciría por una u otra razón. En determinadas circunstancias, como ya hemos dicho, esto puede ocurrir. Pero en todo el mecanismo de la concesión de crédito bancario y en la forma en que se crean los medios fiduciarios y en que éstos vuelven nuevamente al lugar en que fueron emitidos no hay nada que conduzca necesariamente a este resultado. Puede suceder también que los bancos, por ejemplo, aumenten la emisión de medios fiduciarios en el preciso momento en que una reducción en la demanda de dinero en sentido amplio o un aumento en la cantidad de dinero en sentido estricto conduce a una reducción del valor de cambio objetivo del dinero, y entonces su intervención reforzará la tendencia existente a la variación del valor del dinero. La circulación de medios fiduciarios no es elástica en el sentido de que acomode automáticamente la demanda de dinero a la cantidad existente sin influir en su valor de cambio objetivo, como erróneamente se ha dicho. Es elástica sólo en el sentido de que permite toda clase de ampliación de la circulación, incluso una ampliación ilimitada, así como también cualquier restricción de la misma. La cantidad de medios fiduciarios en circulación no tiene límites naturales. Si por cualquier razón se desea limitarla, tendrá que ser mediante una deliberada intervención humana, es decir mediante la política bancaria.

Por supuesto, todo lo dicho es cierto en el caso de que los diversos bancos emitan medios fiduciarios de acuerdo con principios uniformes o en el de que sea un solo banco el que emita medios fiduciarios. Un determinado banco que realice sus negocios en competencia con varios otros no se encuentra en condiciones de realizar una política de descuento independiente. Si considera la conducta de sus competidores, evita reducir ulteriormente el tipo de interés en las transacciones bancarias, ya que —aparte de una ampliación de su clientela— sólo podrá poner en circulación más medios fiduciarios si existe demanda de los mismos aun cuando el tipo de interés que aplica no sea inferior al fijado por los bancos competidores. Y así podemos ver cómo los bancos prestan cierta consideración a las fluctuaciones periódicas en la demanda de dinero. Aumentan o disminuyen su circulación pari passu con las variaciones en la demanda de dinero, en la medida en que la falta de un procedimiento uniforme les impide seguir una política de interés independiente. Pero con ello ayudan a estabilizar el valor de cambio objetivo del dinero. Por lo tanto, hasta este punto la teoría de la elasticidad de la circulación de los medios fiduciarios es correcta; ha captado justamente uno de los fenómenos del mercado, si bien ha equivocado totalmente su causa. Y precisamente por haber aplicado un principio falso para explicar el fenómeno observado, cerró completamente el camino a la comprensión de una segunda tendencia del mercado, que emana de la circulación de medios fiduciarios. Pudo ignorar el hecho de que en la medida en que los bancos proceden uniformemente, tiene que haber un aumento continuo en la circulación de medios fiduciarios, y por consiguiente un descenso en el valor de cambio objetivo del dinero.

5

El significado del empleo exclusivo de letras como cobertura de los medios fiduciarios

La ley bancaria alemana de 14 de marzo de 1875 exigía que los billetes emitidos por encima de la reserva de oro fueran cubiertos con letras de cambio. El sentido de esta prescripción difiere del que popularmente se le ha atribuido. No atribuye elasticidad a los billetes emitidos; tampoco establece, como erróneamente se cree, una vinculación orgánica entre ellos y las condiciones de la demanda de dinero. Se trata de ilusiones que hace tiempo han desaparecido. Ni tampoco significa mantener la posibilidad de conversión de los billetes que se le atribuye. A todo esto nos referiremos más adelante con mayor detalle.

La limitación de la emisión de billetes no cubiertos por metal, es decir de medios fiduciarios en forma de billetes de banco, es el principio fundamental de la Ley bancaria alemana, basada en la Ley de Peel. Y entre los muchos y variados obstáculos erigidos con este propósito ocupan un lugar importante las estrictas medidas referentes a la inversión de los activos que respaldan los billetes emitidos. Que éstos deban consistir no simplemente en títulos, sino en títulos en forma de letras; que las letras tengan un plazo máximo de vencimiento de noventa días; que lleven la firma de al menos dos, y preferiblemente tres, personas conocidas por su solvencia, son condiciones que limitan la emisión de billetes. Muy al principio, una parte considerable del crédito nacional se obtuvo al margen de los bancos. Un efecto análogo se consigue mediante la limitación de la emisión de billetes cubiertos meramente por letras sobre mercancías, que fue lo que indudablemente se pretendió con la legislación, aun cuando le Ley bancaria omitiera medidas expresas en tal sentido, probablemente por la imposibilidad de dar una definición legal del concepto de letra sobre mercancía. Que esta limitación condujo a una restricción en la emisión de medios fiduciarios lo prueba el hecho de que al ser aprobada la Ley bancaria, el número de estas letras era ya limitado y que, desde entonces, a pesar del considerable aumento en la demanda de crédito, su número ha decrecido hasta tal punto, que el Reichsbank encuentra dificultades cuando trata de escoger tales letras con el único propósito de invertir sin que disminuya la cuantía del crédito concedido[14].

6

El ascenso y descenso periódicos de la amplitud de la demanda de créditos bancarios

Las peticiones dirigidas a los bancos son peticiones, no de transferencia de dinero, sino de transferencia de otros bienes económicos. Los posibles prestatarios buscan capital, no dinero. Buscan capital en forma de dinero, ya que sólo el poder de disponer de dinero puede ofrecerles la posibilidad de adquirir en el mercado el capital real, que es lo que realmente desean. Ahora bien, el hecho peculiar, que ha sido el origen de una de las mayores confusiones en la economía durante más de cien años, es que la demanda de capital de los supuestos prestatarios es satisfecha por los bancos a través de la emisión de sustitutos monetarios. Es claro que esto sólo provisionalmente satisface la demanda de capital. Los bancos no pueden hacer surgir éste de la nada. Si los medios fiduciarios satisfacen la demanda de capital, es decir si realmente proporcionan a los prestatarios la disposición de bienes de capital, tenemos que buscar ante todo la fuente de la que esta oferta de capital procede. Ello no es particularmente difícil. Si los medios fiduciarios son sustitutos perfectos del dinero y hacen todo lo que éste puede hacer, si incrementan la cantidad total de dinero en sentido amplio, es lógico que su emisión vaya acompañada de los adecuados efectos sobre la relación de cambio entre el dinero y los demás bienes económicos. El coste de la creación de capital para los receptores de préstamos concedidos por los bancos en forma de medios fiduciarios lo soportan quienes son perjudicados por la subsiguiente variación en el valor de cambio objetivo del dinero; pero el beneficio total de la transacción no va a parar sólo a los prestatarios, sino también a todos aquéllos que emiten medios fiduciarios, aunque éstos a veces deban repartir sus ganancias con otros agentes económicos, por ejemplo, con los titulares de depósitos que devengan un interés o incluso con el estado.

Los empresarios que solicitan préstamos de los bancos lo hacen por escasez de capital, no por una escasez de dinero en sentido propio que les induzca a presentar sus letras al descuento. En algunas circunstancias esta escasez de capital puede ser temporal; en otras circunstancias será permanente. En el caso de muchas empresas, que absorben constantemente, año tras año, créditos bancarios a corto plazo, la escasez de capital es una situación permanente.

Para el problema que aquí nos interesa, las circunstancias determinantes de esta escasez de capital carecen de interés. Incluso podemos prescindir de si la escasez de capital se refiere al capital fijo o al circulante. A veces se ha sostenido que no está justificado obtener capital fijo parcialmente por medio del crédito bancario, mientras que obtenerlo para capital circulante parece menos grave. Tales argumentos han ocupado un lugar muy destacado en las recientes discusiones sobre política bancaria. Se ha criticado mucho a los bancos el haber concedido una parte considerable de sus préstamos a las industrias que demandaban no capital circulante sino capital fijo, comprometiendo así su liquidez. Se ha solicitado una legislación que limite a inversiones líquidas sólo los activos que cubren las obligaciones resultantes de la emisión de medios fiduciarios. Se han ideado algunas medidas de esta clase para tratar los medios fiduciarios en forma de depósitos del mismo modo que se ha tratado la emisión de billetes bajo la influencia de la doctrina de la Escuela Monetaria. Ya hemos dicho, y sobre ello volveremos más adelante, que el único valor práctico de estas como de otras restricciones similares radica en los obstáculos que oponen a una expansión ilimitada del crédito.

La reserva de efectivo de cada empresa forma parte de su capital circulante. Si esta empresa, por la razón que sea, tiene que aumentar su reserva, ello debe mirarse como un incremento de capital, y si solicita crédito para esta finalidad, esta solicitud no puede considerarse diferente de una demanda de crédito originada por otra causa, por ejemplo, una ampliación de las instalaciones o del utillaje.

Pero ahora debemos dirigir nuestra atención a un fenómeno que, aunque no añade nada nuevo a lo que ya hemos dicho, puede servir para iluminar mejor algunos procesos importantes del mercado del capital y del dinero. Se ha dicho repetidamente que la práctica comercial concentra sus liquidaciones en determinadas épocas del año, en las cuales, por consiguiente, la demanda de dinero es mayor. La concentración de los pagos al final de las semanas, quincenas, meses y trimestres es un factor que eleva considerablemente la demanda de dinero por parte de las empresas y, por consiguiente, su demanda de capital. Aun cuando un empresario cuente con hacer efectivos suficientes cobros en un día determinado para hacer frente a sus obligaciones, será bastante raro el caso de que pueda disponer del dinero percibido para aplicarlo directamente a este fin. La técnica del pago no está hasta ahora tan desarrollada que permita siempre cumplir puntualmente las obligaciones sin haber asegurado de antemano la libre disposición sobre los medios necesarios. Una persona que debe rescatar de su banco una letra cuyo vencimiento es el 30 de septiembre tomará sus medidas antes de esta fecha para hacer frente a esta obligación, y las sumas que no obtenga hasta el día del vencimiento de la letra serán inútiles para este propósito. En todo caso es completamente imposible aplicar los ingresos de un día determinado a los pagos a realizar el mismo día en un lugar distante. Así, pues, en los días de pago habrá necesariamente un incremento en la demanda de dinero de las empresas, incremento que cesará con la misma rapidez con que surgió. Esta demanda de dinero es, por supuesto, demanda de capital. Los teóricos hipercríticos, siguiendo la costumbre mercantil, suelen establecer una sutil distinción entre la demanda de dinero y la demanda de capital; oponen la demanda de crédito a corto plazo, como demanda de dinero, a la demanda de crédito a largo plazo, como demanda de capital. No hay razón para aceptar esta terminología, que tanta confusión ha generado. Lo que aquí se entiende por demanda de dinero no es otra cosa que una demanda real de capital, y esto no debe olvidarse. Si una empresa obtiene un crédito a corto plazo para incrementar sus reservas de efectivo, entonces nos hallamos ante una genuina operación de crédito, ante un cambio de bienes futuros por bienes presentes.

La mayor demanda de dinero, y por consiguiente de capital, por parte del empresario en estos días de pago se traduce a su vez en un aumento en la demanda de préstamos dirigida a los bancos emisores de crédito. En aquellos países en que los billetes, y no los depósitos, son la forma principal de circulación fiduciaria, esto se manifiesta en un aumento en la cantidad de letras negociadas en los bancos de emisión para su descuento y, si efectivamente estas letras se descuentan, en la cantidad de billetes en circulación[15]. Ahora bien, esta normal subida y descenso del nivel de circulación de los billetes en torno a los días de pago no puede en modo alguno explicarse por un aumento en la cantidad total de letras en circulación en la comunidad. No es que se libren y descuenten en los bancos nuevas letras, particularmente letras a corto plazo, sino que las letras que tienen un periodo normal de circulación se negocian poco antes de su vencimiento. Hasta ese momento están retenidas, bien en la cartera de los particulares, bien en la de los bancos cuya capacidad emisora de medios fiduciarios es limitada, bien por tener una clientela reducida, bien por obstáculos legales. Hasta que la demanda de dinero no aumenta, estas letras no llegan a los grandes bancos de emisión. Así pues, no parece que esté justificada la afirmación de que la cantidad de billetes emitidos por los bancos emisores centroeuropeos está vinculada orgánicamente a la cantidad de letras giradas por la comunidad. Sólo algunas de estas letras son descontadas por los bancos mediante emisión de medios fiduciarios; las demás completan su término sin materializar el crédito bancario. Pero la proporción entre ambas cantidades depende totalmente de la política crediticia que sigan los bancos emisores.

La legislación bancaria ha tenido particularmente en cuenta el extraordinario incremento en la demanda de dinero en torno al principio de cada trimestre. El artículo 2.o de la Ley bancaria alemana de 1909 amplía la normal cuota libre de billetes de 550 a 750 millones de marcos en los últimos días de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año, sancionando así una costumbre que los bancos habían seguido durante décadas. En los días de pago la demanda crediticia de los empresarios aumenta, por lo que también aumenta el tipo de interés natural. Los bancos de crédito, sin embargo, han tratado de neutralizar ese aumento de interés, ya sea no elevando en absoluto el tipo de descuento, ya sea no elevándolo en la medida correspondiente al aumento en el tipo natural de interés. Naturalmente, la necesaria consecuencia de esto ha sido inflar la circulación de medios fiduciarios. La política bancaria del estado no ha puesto en general obstáculos a esta práctica de los bancos, que indudablemente ayuda a estabilizar el valor objetivo de cambio del dinero. Y la Ley bancaria alemana de 1909 fue la primera que la apoyó directamente.

7

Influencia de los medios fiduciarios sobre las fluctuaciones en el valor de cambio objetivo del dinero

Así, pues, no existe nada parecido a un ajuste automático de la cantidad de medios fiduciarios en circulación a las fluctuaciones en la demanda de dinero sin un efecto en el valor de cambio objetivo de éste. Por consiguiente, todos los argumentos basados en la elasticidad de la circulación monetaria que niegan valor práctico a la teoría cuantitativa carecen de fundamento. El aumento o la disminución de la cantidad de medios fiduciarios en un sistema bancario libre no presenta una mayor conexión natural, directa o indirecta, con la elevación o el descenso de la demanda de dinero en sentido amplio, que la que tiene el aumento o disminución de dicha cantidad de dinero con la elevación o descenso de la demanda de dinero en sentido estricto. Tal conexión existe sólo en la medida en que los bancos de crédito traten deliberadamente de establecerla. Aparte de ésta, la única conexión que puede establecerse entre ambas clases de variaciones, que en sí son independientes una de otra, es la que realiza la política en un periodo de demanda creciente de dinero en sentido amplio, tratando de aumentar los medios fiduciarios con objeto de neutralizar la elevación del valor de cambio objetivo del dinero que en otro caso podría esperarse. Puesto que es imposible medir las fluctuaciones en el valor de cambio objetivo del dinero, ni siquiera aproximadamente, no estamos en condiciones de juzgar si el aumento de medios fiduciarios que ha tenido lugar durante el último siglo en casi todos los países del mundo, con el aumento en la cantidad de dinero, ha ido al mismo paso que el aumento en la demanda de dinero en sentido amplio, si se ha rezagado, o se le ha adelantado. De lo único que podemos estar seguros es de que al menos a una parte del aumento en la demanda de dinero en sentido amplio se le ha privado de su influencia en el poder adquisitivo del dinero debido al aumento en la cantidad de dinero y medios fiduciarios en circulación.