F. La muerte como arma política. El exterminio

F. La muerte como arma política. El exterminio

En el curso de nuestra labor hemos debido afrontar el tema de la muerte. La muerte a consecuencia de la tortura, del shock eléctrico, de la inmersión, de la sofocación y también la muerte masiva, colectiva o individual, premeditada, por lanzamiento al mar, por fusilamiento.

Es un tema que, por sus características, hiere profundamente nuestra conciencia. No es sólo por la tremenda magnitud de la cifra; sino también por las circunstancias que rodean tales muertes, que afectan el soporte ético y jurídico que nos define como sociedad civilizada.

Ha sido tradicional en nuestro país la exclusión sistemática de la pena de muerte del derecho positivo. Durante el gobierno militar, ello se dejó de lado y fue incorporada a la legislación penal. Se argumentó que era necesaria para prevenir los delitos más graves de la subversión.

Aun así, subsistió un instintivo rechazo a su aplicación. Se creyó que con su inclusión se preconizaba disuadir a sujetos antisociales de la consumación de los más graves delitos, o que el juicio previo de los Tribunales Militares reservaría su aplicación, para casos de excepción. Ningún Consejo de Guerra procesó formalmente a nadie que mereciera tan terrible sanción.

Empero, la realidad fue otra. Hubo miles de muertos. Ninguno de los casos fatales tuvo su definición por vía judicial ordinaria o castrense, ninguno de ellos fue la derivación de una sentencia. Técnicamente expresado, son homicidios calificados. Homicidios respecto de los cuales nunca se llevó a cabo una investigación profunda y jamás se supo de sanción alguna aplicada a los responsables.

En conclusión, el régimen que consideró indispensable alterar nuestra tradición jurídica, implantando en la legislación la pena capital, nunca la utilizó como tal. En lugar de ello, organizó el crimen colectivo, un verdadero exterminio masivo, patentizado hoy en el mórbido hallazgo de cientos de cadáveres sin nombre, y en el testimonio de los sobrevivientes dando cuenta de los que murieron en atroces suplicios.

No fue un exceso en la acción represiva, no fue un error. Fue la ejecución de una fría decisión. Los ejemplos, las comprobaciones, se multiplican sin dejar duda sobre esta conclusión.

Fusilamientos en masa

Fusilamientos en masa

El «Pozo» en la «Loma del Torito»

El «Pozo» en la «Loma del Torito»

A poco de comenzar el trabajo de la Comisión, se fueron recibiendo un gran número de denuncias sobre las desapariciones de personas en Córdoba, convergiendo el destino de las mismas al centro clandestino de detención de «La Perla».

Las violaciones más tremendas de los derechos humanos se cometieron en este lugar. También se dio muerte por fusilamiento en masa.

Los testimonios de los sobrevivientes, hablan del temor a los «traslados» que periódicamente se llevaban a cabo en un tétrico «Mercedes Benz», que al poco tiempo regresaba sin su cargamento humano, asociándolo con las repetidas amenazas de sus carceleros de que serían enviados «al pozo».

Tal referencia, duele decirlo, hacía mención al exterminio de muchos detenidos por medio del fusilamiento al borde de un pozo, previamente cavado para el enterramiento de los cuerpos. El lugar está ubicado en la zona denominada «Loma del Torito», dentro del campo «La Perla», en jurisdicción militar donde tiene su asiento el Escuadrón de Exploración de Caballería Aerotransportada N.o 4, en Córdoba.

Esta Comisión requirió judicialmente la excavación del terreno, procedimiento que se llevó a cabo el día 22 de marzo de 1984, arrojando la diligencia un resultado negativo. Sin embargo, la comprobación por el testigo —agricultor de muchos años en la zona— de que la tierra había sido removida, unido a otros testimonios coincidentes y al de quienes señalan la realización de trabajos de exhumación allí de restos humanos, nos indican que el temor de los detenidos por su propia vida, estaba plenamente fundado. Veamos algunas de las constancias que lo acreditan.

1. Testimonio de Gustavo Adolfo Ernesto Contemponi y Patricia Astelarra - Legajo N.o 4452

1. Testimonio de Gustavo Adolfo Ernesto Contemponi y Patricia Astelarra - Legajo N.o 4452

A los secuestrados, luego de ser fusilados, se los tiraba a un pozo previamente cavado. Atados de pies y manos, amordazados y vendados, eran sentados en el borde del mismo y simultáneamente se les pegaba un tiro. Numerosos prisioneros recibimos este testimonio de diversos militares e incluso en ocasiones pudimos ver personas sacadas en estas condiciones. Se los sacaba de La Perla generalmente a la hora de la siesta; la cantidad y frecuencia de los traslados fue variable. Eran retirados de la cuadra por la guardia de gendarmería, a veces llamándolos por sus números en voz alta, otras se acercaban el sentenciado diciéndole algo en voz baja y lo llevaban. Todos escuchábamos el ruido del camión, así que cuando a lo largo de varias horas sus colchonetas permanecían vacías teníamos la certeza que habían sido llevados en el mismo. Durante el 76 y hasta principios del 77, a casi todos los secuestrados se nos informaba que nuestro destino sería el «pozo» y eran habituales las amenazas al respecto. Dos prisioneros pudimos observar espiando por la ventana de una oficina, cómo era cargado al camión un grupo de condenados. Los detenidos, totalmente maniatados de pies y manos, vendados y amordazados habían sido llevados horas antes al galpón y luego pudimos observar cómo fueron cargados por los interrogadores y numerosos uniformados en un camión Mercedes Benz arrojándolos a la caja como bolsa de papa. Presenciando esto estaba el Gral. Centeno y unos cinco oficiales de alta graduación, que partieron tras el camión en una camioneta Ford del Ejército.

2. Testimonio de José Julián Solanille - Legajo N.o 1568

2. Testimonio de José Julián Solanille - Legajo N.o 1568

Como jornalero en actividades agrícolas, después del golpe de marzo de 1976, pasó a trabajar a un sitio contiguo el campo «La Perla» denominado «Loma del Torito». Aproximadamente en mayo del mismo año observó un pozo de aproximadamente 4 metros por 4 y 2 metros de profundidad. Un domingo, observó el ingreso de diez a quince automóviles, entre ellos dos Ford Falcon de color blanco en uno de los cuales identificó como ocupante al Comandante del III Cuerpo de Ejército, General Menéndez, a quien reconoció por haberlo visto en numerosas ocasiones anteriores; y dos camiones del Ejército con la caja tapada, con lonas militares, uno con una cruz blanca pintada. Momentos después, salió el campo arreando sus animales vacunos; y en el trayecto se encontró con un vecino llamado Giuntoli, que explotaba un campo vecino, quien le dijo que quería constatar si eran ciertos los comentarios que había escuchado obre la existencia de fosas en el lugar, donde se enterraba gente. Accedió a acompañarlo cediéndole un caballo y montando él mismo otro, ambos de su propiedad. Al acercarse al lugar donde estaba esta fosa grande antes descripta —aproximadamente a 100 metros de distancia— observó que estaban los vehículos cuyo acceso había presenciado previamente. Entonces advirtió a su acompañante Giuntoli: «Esperá, que puede pasar algo feo», y por tal motivo se retiran, pero en ese mismo instante comienzan a escuchar nutridos disparos de armas de fuego. Hace notar que cuando vieron los autos junto a la fosa a su borde había un numeroso grupo de personas que parecían estar con las manos atadas a la espalda y los ojos vendados o con anteojos con los cristales pintados de negro. Al día siguiente retornó el lugar y observó que el pozo estaba tapado, y sobraba abundante tierra. Estima que el número de personas que habrían sido fusiladas en esa ocasión supera los 50.

3. Procedimiento de excavación en «Loma del Torito» - Legajo N.o 1568

3. Procedimiento de excavación en «Loma del Torito» - Legajo N.o 1568

Los tramos más relevantes del acta de constatación son los siguientes:

… comenzando las tareas motivo del presente, a cuyo fin se practica la excavación en el sitio señalado… llegándose aproximadamente a los dos metros veinte centímetros de profundidad. Ante el resultado negativo de la mencionada excavación, Solanille expresa que no obstante su certeza, resulta innecesario continuar en dicho lugar. Seguidamente se traslada al lugar al que el testigo refiere como la «tumba chica» donde habría restos humanos. Hecho lo cual se procede a cavar en forma manual en el sitio indicado. En la tarea participó voluntariamente el testigo Solanille tras lo cual estimó que resultaba innecesario cavar a mayor profundidad dado que a su criterio, la tierra se hallaba removida desde la oportunidad en que él habría observado restos humanos.

4. Testimonio de Julio César Pereyra - Legajo N.o 3801

4. Testimonio de Julio César Pereyra - Legajo N.o 3801

… prestó el servicio militar en la Compañía de Apoyos de Equipos Aerotransportados N.o 4 - III Cuerpo de Ejército - Provincia de Córdoba desde febrero de 1976 hasta el 5/9/77. Durante el mes de junio de 1976 estando con un compañero en La Mezquita se dirigieron al Área denominada «Loma del Torito», detectaron una fosa por la tierra removida y al excavar hallaron casi en la superficie restos humanos (una mandíbula) y un sweater azul de lana que también contenía restos óseos… También hallaron cápsulas percutadas de Itaka…

5. Testimonio de Ernesto Facundo Urien - Legajo N.o 4612

5. Testimonio de Ernesto Facundo Urien - Legajo N.o 4612

En el año 1978 se desempeñaba como Jefe de la Compañía B del Liceo Militar de General Paz. A raíz de que se conocía el arribo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Teniente de Caballería Gustavo Gelfi recibió una orden sin que le sea transmitida a través del dicente consistente en cumplir una actividad ajena al Instituto donde estaba destinado. Posteriormente, dicho oficial le confía al dicente en que consistía la actividad que tenía que cumplir manifestándole que era secreta. Dicha actividad consistía en desenterrar cuerpos en una zona perteneciente al campo de instrucción del Comando del Tercer Cuerpo de Ejército, mediante máquinas viales que ellos mismos debían operar. Dichos cuerpos ya desenterrados (que evidenciaban muestras de no haber sido enterrados ni en cajón ni en bolsa alguna, diseminados por la zona, algunos con sus documentos) eran introducidos en tambores, en algunos colocando cal viva para luego ser trasladados con destino incierto.

6. Testimonio de José María Domínguez

6. Testimonio de José María Domínguez

En el año 1976 ingresé a la Gendarmería Nacional; en noviembre o diciembre de ese año me destinan a cubrir objetivos en distintos lugares tales como la U.P. 1, La Perla, La Perla Chica y La Ribera… En el lugar La Perla tuve oportunidad de cubrir numerosos objetivos… En dos oportunidades pude ver cómo en horas de la madrugada entraban camiones del ejército y procedían a cargar a alojados en la cuadra. Una vez llevaron a 5 personas, mientras que en otra oportunidad fueron once los trasladados. Los camiones no regresaban a la cuadra y se comentaba que a las víctimas las llevaban para fusilarlas en El Pozo…

7. Testimonio de Carlos Beltrán - Legajo N.o 4213

7. Testimonio de Carlos Beltrán - Legajo N.o 4213

Yo he pertenecido a la Gendarmería Nacional desde el año 1971 hasta el año 1980, año en que me dieron de baja. Alrededor de 1977 o 1978 me informaron que había sido destinado a cubrir objetivos, consistente en realizar tareas de seguridad en la U.P. 1, y los Lugares de Reunión de Detenidos conocidos como La Perla, La Perla Chica y La Ribera […] Los vehículos esperaban en el patio. Una vez fuera de la cuadra, los detenidos que habían sido obligados a acompañar a los interrogadores, eran subidos, siempre maniatados y vendados, haciéndoselos acostar en el piso del mismo… entonces partía… Después de una o dos horas de haber partido los vehículos los mismos regresaban ya sin los detenidos. Una vez le pregunté a «Gino» adónde llevaban a los detenidos y éste me respondió: «Los llevamos a uno ochenta…». En una oportunidad el «Capitán» me ordenó que lo acompañara junto a otros gendarmes al interior de la cuadra. Una vez allí ordenó a cuatro detenidos: un hombre joven de apellido Castro; un hombre más bien alto, de unos 36 años de edad, creo que vendía helados en Villa Carlos Paz (en La Perla quedó su bicicleta) otro hombre de 28 años y una mujer embarazada que vestía un delantal de plástico que se utilizaba para lavar ropa y calzaba botas de goma, (la mujer habría tenido unos 25 años y estaba en avanzado estado de gravidez), que se pusieran de pie y que lo acompañaran. Los detenidos fueron subidos al camión en cuya caja también viajábamos junto a un gendarme y cuatro suboficiales del ejército, mientras en la cabina viajaban un Sargento como chofer, acompañado de un oficial joven, quizá un Teniente primero, más bien de baja estatura, algo gordo, de unos 36 años, usaba bigotes. Partió el camión, seguido del automóvil marca Torino que conducía habitualmente el «Capitán» a quien acompañaba «Gino». Los vehículos tomaron por un camino de tierra trasponiendo el alambrado que rodea el edificio de La Perla. Luego de recorrer alrededor de tres kilómetros detienen la marcha sobre una huella rural ubicada entre un terreno de sorgo y otro terreno sembrado de maní. Luego de estos predios, sólo había vegetación de montes (camalotes, tuscas y árboles pequeños), en donde todos descendemos de los vehículos y recorremos un trecho de unos cincuenta metros sobre ese terreno sin sembrar, con muchos yuyos. Una vez allí, el «Capitán» ordenó que se desataran las manos del más joven de los detenidos y que se le hiciera entrega de una de las palas que habían traído los suboficiales, ordenándole a la víctima que comenzara a cavar una fosa. Dicha fosa alcanzó alrededor de 1,80 metros de profundidad y tres metros de largo y 1,20 metros de ancho. Los otros tres detenidos eran custodiados por dos militares cada uno. Yo y otro oficial estábamos junto al mayor de los cuatro detenidos; pude advertir, entonces, que mientras rezaba muy despacio comenzó a llorar. Nadie hablaba, reinaba un profundo silencio cuando el «Capitán» hizo subir al borde de la fosa al detenido que estaba cavando e hizo colocar a los tres restantes junto a la víctima, uno junto a otro, detrás de la fosa. Luego de una seña del «Capitán» y previo a haberme dicho textualmente: «A éstos hay que mandarlos a 1,80», a lo que yo manifesté que no lo iba a hacer, «Gino», los cuatro suboficiales y el Teniente Primero comenzaron a disparar sobre los detenidos; también accionó su arma de fuego el gendarme. Mientras que los tres hombres quedaron inmóviles, luego de los disparos, la mujer, que había caído pudo reincorporarse y caminar unos pasos en dirección opuesta a la fosa; en esa circunstancia, el «Capitán» sacó su pistola y le descerrajó un balazo en la cabeza. Los cuatro cuerpos fueron arrojados a la fosa, rociados con cinco litros de nafta. Luego se fabricó un hisopo con un palo el cual una vez encendido fue arrojado al interior de la fosa, hecho que provocó una fuerte explosión. Durante unos veinte minutos se mantuvo el fuego, tiempo en que se empezó a percibir un olor muy desagradable seguramente producto de la combustión de cuerpos y vestimenta. Una vez que comenzaron a tapar el pozo yo me acerqué y pude observar en el interior del mismo a dos de los cuerpos calcinados y como si hubieran reducido su tamaño normal al de 70 u 80 centímetros. Luego de cubierta la fosa y apisonarla con los pies, los comisionados, arrojaron yuyos y ramas en la superficie. Yo tuve una fuerte discusión con el «Capitán» por no haber acatado la orden, ordenándome que me retire del objetivo, puesto que no servía para ser militar, que era un inútil y un cobarde.

Fusilamiento en Quilmes

Fusilamiento en Quilmes

A medida que vayamos repasando lo acontecido en otros lugares del país, se verá que los hechos de «La Perla» no fueron un fenómeno aislado.

Incluso, todo parece indicar que sólo conocemos una parte de la realidad, el avance del tiempo irá develando la dimensión de este drama. En fecha reciente, la Comisión de Derechos Humanos del Concejo Deliberante de Quilmes habría confirmado la veracidad de una denuncia, según la cual a fines de 1977, dieciocho personas fueron fusiladas y luego sepultadas sin identificar en el cementerio local.

Inicialmente no se obtuvieron datos sobre el caso hasta que el 29 de junio pasado, la Comisión tomó declaración a Edgardo Poleri, ex capataz general de la necrópolis, quien hizo saber que por aquella fecha, recibió la orden de cierre temporario de la dependencia municipal y que se diera licencia al personal bajo pretexto de una desinfección; sólo continuaron en su puesto el portero de la entrada principal y el declarante.

Fue entonces que ingresó al cementerio un camión similar a los que transportan carne y el señor Poleri escuchó murmullos que provenían del interior de la caja del vehículo, el que se dirigió, custodiado por uniformados armados, al sector donde se estaban construyendo los nichos de la Federación de Empleados de Comercio.

Pasados unos diez minutos, estando a unos 50 metros del lugar, escuchó una ráfaga de ametralladora. El 2 de julio de 1984, este testimonio es ratificado en su contenido por el señor Héctor Alanis, otro ex empleado del cementerio, quien agrega que el día que ocurrió el suceso narrado no vio retirarse a los sepultureros como era habitual.

Muertos en «enfrentamiento armado»

Muertos en «enfrentamiento armado»

Fue otra de las técnicas utilizadas para enmascarar la muerte ilegal de prisioneros. Aquellos que al momento del golpe militar revistaban en las cárceles oficiales a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, no podían ser eliminados sin alegar «motivos». Lo mismo sucedía con los que, por alguna circunstancia fortuita, no ingresaron a las tinieblas de la desaparición. Si el destino que tenían asignado era la muerte, caían acribillados en un «intento de fuga» o aparecían abatidos en un «enfrentamiento armado».

No nos referimos a aquellos supuestos casos en que las muertes aparentemente se producían en oportunidad en que las fuerzas de seguridad eran repelidas por los ocupantes de las viviendas que eran allanadas. Se trata en cambio de los casos en los que, habiendo sido hechos prisioneros, o estando desde tiempo atrás bajo el absoluto control de la autoridad, aparecían posteriormente muertos «en combate» o por la aplicación de la llamada «ley de la fuga».

En este sentido es por demás elocuente la fundada resolución dictada por el señor Juez Federal de Salta, Dr. José Javier Cornejo, descartando la versión oficial sobre la muerte de diez reclusos y la fuga de otros dos, en circunstancias en que se los trasladaba desde la Guarnición Ejército Salta hacia la ciudad de Córdoba. Dice el señor Juez en la citada resolución:

Salta, febrero 29 de 1984. AUTOS Y VISTOS Y CONSIDERANDO: Que…, de las constancias de la causa surgiría que el personal militar que fue a retirar a los internos de la unidad carcelaria se comportó con una notable clandestinidad en el traslado, toda vez que habrían pedido el oscurecimiento y el retiro de los oficiales de baja graduación y suboficiales penitenciarios de los lugares donde iban a actuar […] como así también de la circunstancia de que sus uniformes no tendrían distintivo de grado y que entre ellos se habrían dispensado un trato que no resulta acorde con el que tienen los miembros de las FF.AA. […] También coincide con la versión de los hechos narrados por los denunciantes, la particular situación que se habría prohibido llevar a los prisioneros sus efectos personales imprescindibles […] Es de notar que estas circunstancias peculiares del traslado no ocurrían en otros, tanto anteriores como posteriores. Asimismo, corroboraría el relato de los hechos que sostienen los denunciantes, la situación de que los supuestos agresores del convoy militar no contarían en la fuga con la colaboración, aunque tan sólo pasiva de los prisioneros, pues éstos ignorarían el intento de liberarlos, tal como surgiría de la declaración de fs. 252/255 vta. congruente con la del Director de Institutos Penales de Salta, Braulio Pérez […] No obstaría a la versión del hecho que se denuncia la circunstancia de que —prima facie— algunos de los presos murieran, supuestamente en lugares distintos del sitio en que de acuerdo con la autoridad militar fue atacado el convoy, pues en el caso del matrimonio Usinger y Oglietti que ocurriría en Jujuy, el personal policial que intervino, por una parte no habría labrado actuaciones […] y por la otra, según el informe del morguero del hospital Pablo Soria, […] habría tratado sin motivo que justifique que los cadáveres de éstos no fuesen vistos, ya que subrepticiamente los ingresarían a las 6 de la mañana del 7 de julio de 1976 para retirarlos a las 24 horas de ese día, permaneciendo durante ese lapso con custodia policial. Esta situación al igual que las que rodeó la entrega de los cuerpos de María del Carmen Alonso de Fernández, Pablo Eliseo Outes, Benjamín Leonardo Avila, Celia Raquel Leonard de Avila, José Víctor Povolo engrosan los argumentos para considerar —prima facie— que el hecho habría ocurrido tal cual se denunciara a fs. 5/6, como así también que de las constancias de autos no surgiría que además de los presos por infracción a la Ley 20.840 y a disposición del P.E.N. de la Cárcel local, muriera algún integrante del grupo de terroristas que habría atacado el convoy militar en la localidad de Pichana, departamento de General Güemes, pues Jorge Ernesto Turk Llapur, que sería el único que no fuera interno del penal de Villa Las Rosas, habría estado aparentemente a disposición de las autoridades militares de Jujuy […], las cuales, si bien no surge por ahora en forma clara la causa principal, lo habrían trasladado a la Provincia de Salta, antes que ocurriera el hecho denunciado, situación que permitiría que éste fuera un integrante del grupo agresor. Además de ello apuntalaría la presentación del hecho que efectúan los denunciantes a fs. 5/6 la circunstancia de que tanto en el vehículo Mendilaharzu como en el pavimento y en la zona contigua al alambrado que linda con el camino, habría un gran número de charcos de sangre […], lo cual en principio no armonizaría con las comunicaciones del Jefe de la Guarnición Militar, toda vez que de la nota de fs. 190 habrían muerto tan sólo tres personas en el lugar del enfrentamiento, cifra que parecería escasa atento a la descripción del sitio del suceso que hacen los policías de General Güemes, sin perjuicio de señalar que el testigo Nazario Giménez, domiciliado a 4 km de donde supuestamente fue agredido el personal militar, no habría sentido las explosiones de las armas […] Ahora bien desestimada —prima facie— la posibilidad de que los presos hubiesen muerto en un enfrentamiento, el hecho objeto de la investigación en la causa principal constituiría en esclarecer la circunstancia en que murieron 9 internos del Penal de Villa Las Rosas, la desaparición de dos y la muerte de Jorge Ernesto Turk Llapur.

Otro caso sumamente revelador de la existencia de estos procedimientos es el que se refiere a la desaparición de Mario José Miani, en cuyo Legajo N.o 6257 se halla agregada la denuncia de su madre, cuyo texto es el siguiente:

El día 9 de agosto de 1978, mi hijo se retiró de su hogar cuando eran las 17 horas a fin de realizar algunas compras. Quedó en regresar cerca de las 22 horas; sin embargo, no lo hizo, circunstancia que nos alarmó. Al día siguiente, a la hora 2, recibí una llamada telefónica de un familiar diciéndome que mi hijo estaba herido en una pierna y se encontraba siendo intervenido quirúrgicamente en el Hospital Municipal de San Isidro. Me dirigí con mi esposo hacia allí y al llegar nos enteramos que mi hijo se hallaba aún en el quirófano. La mañana del 10 de agosto de 1978 mi hijo, en nuestra presencia y la del médico y personal del hospital, fue retirado y alojado en la ambulancia militar… Al preguntar dónde lo llevaba, un soldado me condujo hasta un militar (sin insignias ni otras identificaciones) de más edad quien me dijo que mi hijo sería trasladado al Hospital Militar de Campo de Mayo. Cuando ese mismo día concurrí con mi esposo al Hospital Militar de Campo de Mayo, nos manifestaron que mi hijo no había ingresado a ese nosocomio. Alarmada ante los hechos, escribí al General Suárez Mason, en aquel momento Comandante del Primer Cuerpo con sede en Palermo, quien me contestó con una singular misiva escrita de su puño y letra que dice: «Sra. María Elena B. De Miani, Buenos Aires, 14 de agosto de 1978: Acuso recibo de su carta del 10 de agosto referente al caso de su hijo José. Según nuestra información se corrobora la que usted dice. Le sugiero dirigirse al Comandante de Institutos Militares (Campo de Mayo) a fin de complementar información sobre este caso. Salúdala Atte.». Con esa carta obtuve una entrevista con el Comandante de Institutos Militares, General Santiago Omar Riveros, quien negó que tuviera detenido a mi hijo. El 8 de febrero de 1979, al ir a preguntar por el paradero de mi hijo al Ministerio del Interior, como lo hacía frecuentemente, se me dijo que «había muerto en un enfrentamiento producido en Chapadmalal, Mar del Plata, el 19 de diciembre de 1978».

Como hemos de ver más adelante, no ha sido ajena a este ocultamiento premeditado de verdaderas ejecuciones sumarias la forma irregular en que se procedía a las inhumaciones, con el evidente propósito de evitar la identificación de los cadáveres y con ello impedir la acreditación del asesinato de quienes habían sido detenidos en su domicilio o ante testigos por las Fuerzas Conjuntas.

Véase si no los hechos revelados por la investigación practicada en la Municipalidad de Quilmes (Legajos N.o 6531), a raíz de la inhumación de cadáveres mediante orden policial y sin que se extendieran las licencias de rigor.

El 24 de junio de 1977, en un enfrentamiento con fuerzas policiales de la provincia de Buenos Aires y militares dependientes del Batallón Depósito de Arsenales «Domingo Viejobueno», son muertos cinco subversivos.

No se tramitaron actuaciones sumarias de ninguna especie por la muerte violenta de las cinco personas, ni tomó intervención juez penal, federal o militar alguno.

Esto es corroborado por el, en ese entonces, Jefe de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, General Fernando Exequiel Verplaetsen, quien informa a fojas 81 de la causa penal que:

«No existe a la fecha constancia en los libros de guardia o entrada y salida de sumario… de haberse instruido actuaciones judiciales por el hecho de marras», ni «constancias en los archivos de notas a varios, a jueces, libros de correspondencia, etc., por haber sido incinerados los mismos» y que las actuaciones sumariales «corrieron por cuenta del Área Militar correspondiente al lugar del hecho».

A su vez, el Comando en Jefe del Ejército, mediante despacho telegráfico obrante a fojas 118 del mismo expediente indica «que según informe producido por el Comando del I Cuerpo de Ejército, en el ámbito de esa gran unidad de batalla, no se registran antecedentes sobre el particular».

El testimonio del médico de Policía interviniente indica que no se realizaron las autopsias, sino simplemente reconocimientos profesionales a los efectos de la expedición de los certificados médicos de defunción.

Si se observa la forma en que se los entierra: desnudos y con un número en el pecho, indicados del «1» al «5» con pintura amarilla, da la impresión de que se da a los muertos el trato de simples bultos, cosas o animales, o desechos que se arrojan a un basural.

Han sido dejadas de lado absolutamente todas las normas estipuladas en las leyes de procedimientos penales para regular lo que debe practicarse en estas circunstancias.

¿Dónde están las ropas de los occisos? ¿Por qué los mismos fueron enterrados desnudos? ¿Por qué no se obtuvieron fotografías de los cadáveres para permitir su posterior identificación?

Estos procedimientos permiten presumir que respondían a una estrategia general de no identificar a los muertos para evitar que se pudiera diferenciar entre los que morían en enfrentamientos y los que eran ultimados estando prisioneros.

Desaparición y muerte de Ricardo Adrián Pérez y María G. Esther Cubas de Pérez - Legajo N.o 32

Desaparición y muerte de Ricardo Adrián Pérez y María G. Esther Cubas de Pérez - Legajo N.o 32

Soy padre de Ricardo Adrián Pérez, argentino, nacido el 31 de agosto de 1950, radicado con su esposa en Santo Tomé, provincia de Santa Fe. El 23 de abril de 1977 recibo un llamado telefónico de un tío de Ricardo…

[…]

Mi hijo y su esposa habían sido detenidos por servicios de inteligencia de la Provincia de Buenos Aires, con apoyo de personal militar uniformado del Cuerpo de Artillería 121 - Área 212, Ciudad de Santa Fe.

Presento un recurso de habeas corpus, por razones de jurisdicción le dan traslado el Juez Federal de Santa Fe, Dr. Mantaras. El 30 de agosto de 1977 me presento en el Juzgado donde me entero de la respuesta enviada por las autoridades del Cuerpo 121, que dice: «Santa Fe, 10 de agosto de 1977. Al Juez Federal de la Ciudad de Santa Fe: En los autos caratulados Pérez, Ricardo Adrián sobre recurso de habeas corpus (Exped. N.o 483/77), llevo a conocimiento de V.S. que la detención del nombrado anteriormente, se efectuó a requerimiento de la autoridad militar (Área La Plata - Prov. de Buenos Aires), por presuntas vinculaciones con actividades subversivas. Su traslado lo realizó personal de investigaciones de la ciudad de La Plata, perteneciente a la Policía de la Provincia de Buenos Aires».

El día 21 de diciembre de 1978 recibo un llamado telefónico de la Policía Federal (Sec. Identificaciones), preguntando si Ricardo A. Pérez vivía en mi casa; le contestó que sí y que soy el padre. Me notifican que había sufrido un accidente en la Ruta Provincial N.o 12 de la Provincia de La Pampa, a 20 km de C. Baron, con un coche Fiat 125 totalmente incendiado, con restos humanos de dos personas, una masculina y otra femenina, imposibles de identificar por la acción del fuego.

Me dirijo al lugar del accidente. Hicimos comentarios con los policías del lugar y para ellos era todo sospechoso, ya que la Cédula de Identidad había sido arrojada a un costado del coche para que no se incendiara y que en la forma que apareció el coche lo habían incendiado intencionalmente los supuestos asesinos, dada la hora 6.30 de la mañana. Los restos fueron depositados en la morgue de Gral. Pico como N.N.

De las constancias oficiales obrantes en esta Comisión surge que Ricardo Adrián Pérez y María G. Esther Cubas de Pérez fueron detenidos por personal militar, el 21 de abril de 1977 y entregados a la División Investigaciones de la Policía de Buenos Aires, el 26 de abril de 1977.

La denuncia de estos hechos fue elevada a la Justicia Federal el 1.o de agosto de 1984, quedando radicada en el Juzgado N.o 2 de la Capital Federal.

Muertos en «intento de fuga» - Legajo N.o 6131

Muertos en «intento de fuga» - Legajo N.o 6131

El relato de los hechos que efectúan los familiares de las víctimas de los trágicos episodios ocurridos en la localidad de Margarita Belén, Provincia del Chaco, es el siguiente:

En horas de la madrugada del 13 de diciembre de 1976, una comisión del Ejército, con apoyatura de personal de la Policía de la Provincia, traslada desde dependencias de la Alcaldía de la Policía de la Provincia, a un grupo de presos, con destino presunto al penal de la ciudad de Formosa. Hecho inexplicable, porque la cárcel de Resistencia es una de las más seguras del país y la de Formosa ofrece muy pocas garantías.

Habiendo recorrido la comisión aproximadamente 30 km, en proximidades de la localidad de Margarita Belén y sobre la Ruta N.o 11, se produce la muerte por «herida de bala» de todos los presos.

La versión oficial es que se trató de un ataque de delincuentes subversivos, con la aparente intención de liberar o eliminar a los presos para evitar «declaraciones comprometedoras».

Nunca se llegó a saber el nombre de todos los muertos, pero sí que los únicos que murieron eran los detenidos que fueron objeto de traslado. No se produjeron bajas de ningún tipo, ni entre los presuntos atacantes, ni entre los defensores.

Algunos de los presos que fueron víctimas del hecho provenían de la Unidad Regional 7 de Resistencia, donde estuvieron internados hasta el 12 de diciembre, fecha en que se los traslada hacia la Alcaldía y son concentrados con otros presos políticos siendo objeto de graves torturas que se prolongan hasta las primeras horas del día 13. Los demás presos escuchaban los gritos de los torturados, a quienes veían poco después pasar de vuelta a sus celdas con evidentes muestras de sufrimiento.

En la madrugada del 13 se hace presente en Alcaldía una comisión militar, quien acredita orden de traslado de un número determinado de presos, los que son entregados con expreso asiento en los libros y constancia escrita de la orden de traslado y entrega. Sin embargo, hoy no se cuenta con ellos por su destrucción posterior.

Un par de días antes del hecho, autoridades militares sobrevuelan en el helicóptero de la provincia la zona donde se produciría la tragedia. En los planes de vuelo de Casa de Gobierno del Chaco y Aeropuerto de Resistencia se pudo verificar la trayectoria.

En horas de la mañana del 13, el entonces Intendente de Resistencia ordena a la autoridad del Cementerio Municipal la apertura de un número considerable de tumbas y en horas de la tarde de ese mismo día se hacen presentes tropas de Ejército y Policía, que luego de desocupar las dependencias proceden a sepultar diez cadáveres, cinco de los cuales como «N.N.» Fueron identificados sólo los cuerpos de: Parodi Ocampo, Manuel; Tierno, Patricio B.; Díaz, Luis Alberto; Duarte, Carlos Alberto, porque mucho tiempo antes de vencer el plazo que determinan las ordenanzas municipales vigentes, los restos se llevaron al osario común. Los cadáveres que pudieron ser exhumados estaban completamente desnudos.

A la fecha, las investigaciones realizadas no han podido dar respuesta a los siguientes interrogatorios: 1.ero) Cuántos presos fueron extraídos del Penal U. 7 en la jornada del 12 de diciembre para su traslado a la Alcaldía; 2.do) Cuántos presos, y quiénes, fueron trasladados a la Alcaldía, de otro origen; 3.ero) Cuántos y quiénes eran los presos que se sacaron de la Alcaldía en la madrugada del día 13; 4.to) Quiénes fueron, exactamente, las víctimas de la tragedia de Margarita Belén.

Durante la visita que realizara al país la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la O.E.A., recibió la denuncia de la muerte en estos hechos, del estudiante Patricio Blas Tierno. Luego de las gestiones informativas que realizó ante el Gobierno Argentino de aquella época y de conformidad con las prescripciones del Reglamento de la Comisión, resolvió:

1. Presumir verdaderos los hechos denunciados en la comunicación del mes de septiembre de 1979 relativos a las circunstancias irregulares en que murió el señor Patricio Blas Tierno.

2. Declarar que el Gobierno de Argentina violó el derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad e integridad de la persona (Artículo I de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre).

La denuncia de estos hechos fue elevada a la Justicia, quedando radicada ante el Juzgado Federal de Resistencia, Chaco.

Lanzamiento de detenidos al mar

Lanzamiento de detenidos al mar

Cuesta creerlo. Sin embargo hay numerosas declaraciones que hacen mención a ello. Algunos por haberlo oído, otros por referencias directas de sus captores; y también están los cuerpos que las corrientes marinas arrojaron a la costa. Cuesta creerlo, pero en el contexto general de esta salvaje represión es lícito pensar que para sus autores no fue otra cosa que un método más de los tantos utilizados con la misma finalidad.

En una presentación de tres liberadas de la Escuela Superior de Mecánica de la Armada de la Argentina ante la Asamblea Nacional Francesa, se expresa lo siguiente:

El día del traslado reinaba un clima muy tenso. No sabíamos si ese día nos iba a tocar o no.

… se comenzaba a llamar a los detenidos por el número…

Eran llevados a la enfermería del sótano, donde los esperaba el enfermero que les aplicaba una inyección para adormecerlos, pero que no los mataba. Así, vivos eran sacados por la puerta lateral del sótano e introducidos en un camión. Bastante adormecidos eran llevados al Aeroparque, introducidos en un avión que volaba hacia el Sur, mar adentro, donde eran tirados vivos.

El Capitán Acosta prohibió al principio toda referencia al tema «traslados». En momentos de histeria hizo afirmaciones como la siguiente: «Aquí al que moleste se le pone un Pentho-naval y se va para arriba». (Legajos N.o 4442 y 5307).

La denuncia de Norma Susana Burgos (Legajo N.o 1293) corrobora lo afirmado anteriormente. Al igual que el testimonio de Lisandro Cubas (Legajo N.o 6974), quien dice:

En general en lo que concierne al destino de los «traslados» los oficiales evitaban tocar el terna e incluso prohibían expresamente hacerlo. Según nuestra experiencia a partir de lo comentado por algunos oficiales del G.T., a los detenidos «trasladados» se les aplicaba una inyección de penthotal y luego de cargarlos dormidos en un avión se los tiraba al mar. Decían que antes los métodos consistían en fusilamientos e incineración de los cuerpos en los hornos de la ESMA o la inhumación en fosas comunes de cementerios de la provincia de Buenos Aires.

También el testimonio de Jorge Luis Eposto (Legajo N.o 6514), entre otros, expone una metodología similar que era opinión corriente en otra dependencia militar:

Todas las noches salía un avión de transporte Hércules del campo de aterrizaje de la base de Campo de Mayo; lo reconocí por ser un tipo de avión muy conocido e inconfundible que se dirigía siempre para el mismo rumbo sur-este. La hora de salida era entre las 23 o 24 horas o más precisamente entre las 23:30 a 24 horas, regresando aproximadamente entre la 1:00 y 1:30 de la madrugada en un vuelo que no excedía de una hora de duración. El vuelo diario del avión, que excepcionalmente dejaba de verse o escucharse, era objeto de comentario entre el personal del Hospital de Campo de Mayo, diciéndose que llevaba la gente que era tirada al mar.

Todo lo cual, se enlaza con la información aparecida en el diario Clarín de fecha 30 de diciembre del pasado año, recogiendo la denuncia que efectuara la Intendencia de General Lavalle, ante el Juzgado N.o I del Departamento Judicial de Dolores: «37 cadáveres N.N. fueron descubiertos en el cementerio ubicado a 38 km al sudoeste de Santa Teresita, Provincia de Buenos Aires». «Los muertos habrían aparecido a partir de mediados de 1976, en distintas playas. El mar, que en la zona del golfo tiene corrientes muy irregulares, los fue arrojando a la arena muy desfigurados. En algunos cuerpos se observaban inequívocas señales de violencia; el agua salobre y la voracidad de los peces habían desfigurado a casi todos. Los cadáveres eran recogidos por los bomberos voluntarios de Santa Teresita, con intervención dela Policía provincial. Un médico municipal extendió los correspondientes certificados de defunción, siempre a nombre de N.N. Todos vinieron de mar afuera. Pudieron haberse caído de alguna embarcación o fueron arrojados de aviones, opinó un experto».

Otras técnicas de eliminación del cuerpo material: la incineración y la inmersión

Otras técnicas de eliminación del cuerpo material: la incineración y la inmersión

La práctica de la quema de cuerpos: ¿qué habrá más diabólico y más sencillo? No quedarían ni los huesos; luego en cada lugar volvería a crecer la hierba y nadie estaría en condiciones de decir que en tal o cual sitio se habían hecho «capachas» y «parrillas».

Dice el agente de policía provincial Juan Carlos Urquiza (Legajo N.o 7 19):

Allí en San Justo —refiriéndose a la antigua División de Cuatrerismo, que funcionó como centro clandestino de detención con el nombre de «El Banco»— se hacían lo que llamaban «capachas», que eran pozos rectangulares que tendrían 50 a 60 centímetros de profundidad por 2 metros de largo. Vi esos pozos hechos al tamaño de una persona. De estas mismas «capachas» había en Gendarmería que esta camino a Ezeiza sobre la Avenida Riccheri. Lo sé porque una noche fui allí y vimos los fuegos. En el interior de estos pozos metían cuerpos humanos, los rociaban con gasoil que traían de los tanques y calcinaban los cuerpos.

Pedro Augusto Goin (Legajo N.o 4826) confirma la implementación de esta forma de eliminación de los cadáveres al relatar su paso por el «Pozo de Arana», diciendo:

… Estuve sin venda allí aproximadamente 30 días, vi que bajaban de camionetas neumáticos usados. Ello me llamó la atención. Lo mismo que los bidones de nafta que vi arrinconados en un lugar del patio. Allí no se podía preguntar nada, pero después, por una infidencia de uno de los custodios, casi el último día de mi permanencia en Arana, supe que se usaban para quemar cuerpos.

Haciendo referencia también a Arana, el agente de custodia Luis Vera (Legajo N.o 1028) testimonia:

… en muchas oportunidades también ingresaban detenidos heridos o muertos en enfrentamientos previos, los que al igual que algún torturado que hubiera fallecido durante la aplicación de los tormentos, eran enterrados en una fosa existente en los fondos de la Brigada. En lo que atañe al enterramiento de los cuerpos de los detenidos-fallecidos, debo decir que una vez colocados en la fosa, se les prendía fuego al mismo tiempo que se disimulaba dicha inhumación o cremación quemándose neumáticos; con ello se disimulaba el olor y el humo característicos de una cremación. Puedo afirmar por haberlo visto que en la fosa podían observarse claros indicios, evidencias de cuerpos calcinados.

Alejandro Hugo López (Legajo N.o 2740) expresa:

En el mes de mayo de 1976 fui incorporado al Servicio Militar, con tareas en la Escuela de Mecánica de la Armada. Ahí se hacían algunos trabajos que llamaban «operativos» y se construyó lo que llamaban «parrilla», que consistía en una batea de acero con un tubo para introducir gasoil donde se ponían cuerpos para incinerarlos. Yo tenía conocimiento de esto por trabajar en la oficina de compras… Por las noches, solían venir a buscar un tanque con combustible gasoil, que todo el mundo allí sabía que era para la parrilla donde se incineraba gente, la que era usada en el Campo de Deportes. A menudo también llegaba el helicóptero que trasladaba cuerpos. Esas eran las dos formas en que hacían desaparecer a los detenidos.

Segundo Fernando Aguilera (Legajo N.o 5848) se desempeñaba como agente de la Policía de la Provincia de Buenos Aires y, en tal carácter, el 1.o de agosto de 1978 pasa a revistar en la CRI (Centro de Reunión de Inteligencia) del Regimiento 3 de La Tablada, que dirigía la actividad relativa al centro de detención llamado Vesubio. Declara la siguiente:

El dicente vio aplicar picana a detenidos; que se les pegaba con un hierro «del 8» en las rodillas, el «submarino», aplicación de bolsa de polietileno en la cabeza, cerrando a la altura del cuello, para provocar asfixia. Le consta que murió un detenido, sintiéndose el dicente horrorizado al ver que el cuerpo fue depositado en un tanque de 200 litros para destruir toda evidencia, para lo cual echaban goma de cubiertas o cámaras, querosene, procedimiento que observó durante tres días, hasta que le manifestaron que ya se había obtenido la incineración total del cuerpo.

El señor Antonio Cruz (Legajo N.o 4636) fue miembro de la Gendarmería Nacional, habiendo prestado servicio de custodia en sitios bajo control de las fuerzas conjuntas en la Provincia de Tucumán. Relacionado con su paso por el centro clandestino de detención ubicado en el Arsenal N.o 5 «Miguel de Azcuénaga» refiere lo siguiente:

Esa noche llegó un coche de civil y sacaron de él a tres detenidos. Por lo que pude de oír, dos de ellos eran padre e hijo. Los detenidos fueron trasladados al borde del pozo y les dijeron que no gritaran pues los largarían. Acto seguido se pararon detrás de ellos y extrayendo sus revólveres comenzaron a disparar a quemarropa. Los tres detenidos cayeron dentro del pozo, dos murieron en el acto, pero el hombre mayor quedo vivo. Cuando les estaban arrojando la leña les dije que lo remataran por un acto de caridad ya que iban a quemarlo vivo, pero no dándole importancia a la tarea se continuó con la misma; se procedió de la misma manera a lo anteriormente relatado y al rato fuimos a ver la quemazón.

El Cementerio de «La Chacarita»: guarismos que merecen un análisis - Legajo N.o 6983

El Cementerio de «La Chacarita»: guarismos que merecen un análisis - Legajo N.o 6983

Frente a este cuadro general que revela en el período que va de 1976 a 1978 un aumento inusitado de las tumbas «N.N.» en diversas dependencias municipales del país, así como la práctica de cremaciones ejecutadas al margen de toda norma legal y ética, hemos considerado de interés consignar ciertos guarismos referidos a tales actividades llevadas a cabo en el cementerio capitalino de «La Chacarita».

Al contrario de lo que se podría esperar en el tiempo crucial de la represión antiterrorista —años 1976/78—, decayó de modo drástico el número de personas no identificadas, cuyos restos mortales eran ingresados a esta repartición municipal. Recorriendo, las cifras respectivas a los sucesivos años del período 1974/80, se verifica esta situación: en el año 1974 se receptan 70 cuerpos de «N.N»; en 1975 son 66; en 1976 es uno solo; en 1977 son 8; en 1978 ninguno; en 1979 son 16; y en 1980 son 15 los cuerpos recibidos.

Respecto de la inhumación de cadáveres por muerte violenta se reproduce el porcentual estadístico anterior. Tomando igualmente el período que va de 1974 a 1980, encontramos las siguientes cantidades: en el año 1974, son 270 los cuerpos ingresados con tal característica; en 1975 son 232: en 1976 son 9; en 1977 son 26; en 1978 son 2; en 1979 son 50 y en 1980 se incrementa a 93.

Pero, en cuanto a las cremaciones realizadas durante el lapso en análisis, la relación porcentual se invierte, experimentando estas operaciones un ostensible aumento: en 1974 fueron 13.120; en 1975, 15.405; en 1976, 20.500; en 1977, 32.683; en 1978, 30.094; en 1979, 31.461 y en 1980 baja nuevamente a 21.381 cremaciones.

Sin abrir juicio definitivo sobre el significado y alcance de los guarismos anotados, no sería arbitrario presumir que la merma en el ingreso de «N.N.» y de muertos por causas violentas durante el período crítico, con la contrapartida de la decisión de aumentar la actividad del horno crematorio, bien podría deberse a que, por regla general, los «abatidos en enfrentamientos» eran ingresados y cremados al margen de toda registración.

Por ello, nos parece significativo el testimonio del Sr. Fernando López (Legajo N.o 3926) quien realizó trabajos de la municipalidad para efectivizar mudanza de féretros en su camión. En el año 1977, ingresó el vehículo en la zona del crematorio, en un lugar donde tenían prohibido entrar los empleados y se bajó del mismo con la intención de ver cómo funcionaba el horno. Vio dos contenedores similares a los que se utilizaban para los camiones, de 2 m x 4 m por 3 m de alto; como uno de estos contenedores estaba abierto, verificó que se encontraba lleno de cadáveres de gente joven de ambos sexos que aún no se hallaban en estado de descomposición, llamándole la atención el hecho de que se encontraban desnudos y en la mayoría «apilados». El personal de custodia lo descubrió, por lo que lo colocó contra la pared e interrogó acerca de cuáles obreros lo aguardaban afuera, tras lo cual lo liberó, no sin antes ser amenazado.

Desaparición y muerte de Jacobo Chester - Legajo N.o 1333

Desaparición y muerte de Jacobo Chester - Legajo N.o 1333

Los cruentos episodios vividos por el personal del Hospital Nacional «Profesor Alejandro Posadas», de la localidad de Haedo —provincia de Buenos Aires—, arrojan la comprobación de una técnica para la desaparición del cuerpo material de la víctima: su arrojamiento a las aguas del Río de la Plata.

El día 26 de noviembre de 1976, el Sr. Jacobo Chester, empleado del Departamento de Estadísticas y Registros Hospitalarios del mencionado nosocomio, fue secuestrado y saqueado su domicilio por un grupo armado que, entre voces de mando, decidían el destino a dar a cada pertenencia rapiñada. No alcanzaron a violar a la hija, una niña de doce años, sólo por razones de tiempo. En medio del terrible maltrato, atinó a preguntar: «¿Dónde voy a ir a buscar a mi papá?», a lo que se le respondió: «A los zanjones, ahí tenés que ir».

De acuerdo con las constancias obrantes en el Legajo N.o 1537, Gladys E. Cuervo denuncia su propio secuestro y privación de libertad en un sector del mismo hospital; allí fue trompeada por dos hombres simultáneamente, le aplicaron el «submarino», le rompieron el esternón y varias costillas, y le quemaron con cigarrillos distintas partes del cuerpo. En el lugar se enteró que habían estado varias personas aún desaparecidas, incluso vio al Dr. Jorge Mario Roitman «en un charco de sangre y orina», y agrega:

De Chester supe también, por los comentarios que me hizo el mencionado Juan (encargado de torturar a los detenidos) que era flojo y no aguantaba la picana.

Un año después del secuestro, un Juzgado de la Capital Federal convocó a la Sra. de Chester para informarle que el cuerpo sin vida de su marido había aparecido en las aguas del Río de la Plata el día 2 de diciembre de 1976, o sea seis días después de su desaparición, habiendo pasado en esta fecha por la Morgue Judicial.

La partida del Registro Civil incluye como causa de la defunción: asfixia por sumersión y politraumatismo.

Desaparición y muerte de Floreal Edgardo Avellaneda - Legajo N.o 1639

Desaparición y muerte de Floreal Edgardo Avellaneda - Legajo N.o 1639

El 15 de abril de 1976, aproximadamente a las 2 hs. fue allanado el domicilio de la familia Avellaneda; el personal interviniente, ostensiblemente disfrazado, inició la búsqueda del Sr. Avellaneda, y al no encontrarlo detuvo en calidad de rehenes a su esposa, Iris Etelvina Pereyra de Avellaneda y a su hijo Floreal Edgardo, que contaba 14 años de edad.

Vendadas y encapuchadas, las dos personas fueron llevadas a la Comisaría de Villa Martelli, donde fueron torturadas con picana eléctrica a la vez que eran interrogadas sobre el paradero del Sr. Avellaneda.

Tiempo después, la señora fue trasladada a la Cárcel de Olmos, procedente del Comando de Institutos Militares, sin que se sepa nada más sobre el paradero del niño.

El día 16 de mayo de 1976, el diario argentino «Última Hora», bajo el título «Cadáveres en el Uruguay» publica una noticia en la cual se afirma que flotando en aguas uruguayas aparecieron 8 cadáveres.

Según la versión periodística, «un comunicado oficial de la Prefectura Nacional Naval» refería que el último cadáver hallado era de cutis trigueño, cabellos castaño oscuro y 1,70 m de estatura y tenía un rasgo característico, consistente en un tatuaje en forma de corazón con las iniciales «F» y «A».

Accediendo a una petición efectuada ante el Juzgado Federal N.o 1 de San Martín, se requirió por exhorto diplomático al Uruguay, los datos sobre el cadáver encontrado con el tatuaje referido y, después de una dilatada tramitación, se recibieron las fotografías y fichas dactiloscópicas respectivas.

Las fotografías mostraban al niño con sus manos y piernas atadas, desnucado, con signos de haber sufrido graves torturas.

Hallazgo en San Pedro, Provincia de Buenos Aires - Legajo N.o 1296

Hallazgo en San Pedro, Provincia de Buenos Aires - Legajo N.o 1296

El informe del Jefe del Área Cementerio de la Intendencia de San Pedro, respecto de inhumaciones caratuladas «N.N.» destaca el caso de dos cadáveres introducidos en esa necrópolis los días 28 de septiembre y 2 de octubre de 1976 diciendo lo siguiente:

… ambos fueron rescatados de las aguas del Río Paraná, jurisdicción de San Pedro, encontrándose los dos cuerpos con los ojos vendados, amordazados y con las manos atadas con alambres sobre sus espaldas. Además, a simple vista se podía observar que habían sido víctima de evidentes malos tratos. Considero que estos y demás datos figuraran seguramente en los sumarios que se instruyeron en la oportunidad, dado que el médico forense actuante efectuó las autopsias de rigor, precisamente las realizó dentro de este Cementerio llevando a cabo una minuciosa revisión de los cadáveres (me consta); obsérvese que ambas licencias dicen muerte por sofocación a pesar de haber sido rescatados del Río Paraná, esto daría la pauta de que ambos cuerpos habrían sido arrojados a las aguas ya sin vida; de no ser así figuraría muerte por inmersión.

«Los cadáveres no se entregan…»

«Los cadáveres no se entregan…»

El padre de Elena Arce Sahores (Legajo N.o 4272) nos hace un doloroso pero patético relato sobre la desaparición de su hija. Los datos que aporta y las constancias existentes confirman plenamente que fue secuestrada por el Grupo Operaciones 113 y alojada durante 10 días en la Comisaría 8.a de La Plata.

Todas las gestiones por recuperar a su hija fueron inútiles. Finalmente, en base a la relación de un matrimonio amigo, logra entrevistarse con un Coronel de Ejército quien le promete interesarse en su caso.

Efectivamente esto ocurrió, confirmándose la detención en un operativo antisubversivo, no aclarándome mayores detalles y terminando con una frase que me quedó grabada a fuego: «No la busque más a Elena, ya dejó de sufrir, ojalá que esté en el cielo». Me explicó la faz técnica de este tipo de operativo, a los que denominó «en blanco» o «en negro», según el personal interviniente usara o no uniforme. En fin, el relato fue truculento. Días después, repuesto de este shock, volvía a ponerme en contacto en su domicilio y le reclamé el cadáver de mi hija, a lo que respondió: «Los cadáveres no se entregan…».

Debió de ser cierto. El país ha sido sembrado de cuerpos de personas no identificadas, sepultadas individual o colectivamente, en forma ilegal y clandestina. Están en los cementerios, en descampados, en los ríos, en los diques, y según ya hemos visto, también en el mar.

Esta constatación alcanza actualmente una dimensión inimaginable hasta hace unos años cuando algunas comprobaciones aisladas alimentaron la ilusión de que semejante cuadro no podía ser el indicio de una práctica generalizada. Sin embargo, la evidencia ya se instaló entre nosotros, alcanzando en los últimos meses la difusión casi cotidiana de testimonios, actuaciones judiciales y notas periodísticas que dieron cuenta de los hallazgos.

Denuncia sobre inhumaciones clandestinas en La Plata

Denuncia sobre inhumaciones clandestinas en La Plata

En el juzgado Penal del Departamento Judicial de La Plata, a cargo del Dr. Pedro Luis Soria (h), se realizó una denuncia y pedido de investigación para identificar cadáveres y determinar circunstancias que rodearon su inhumación en el cementerio de esta ciudad. Se expresa que en la noche se llevaban los cadáveres y se procedía a enterrarlos, sin permitir la intervención de las autoridades del cementerio.

El jefe comunal le confirmó al Juez la existencia de 295 tumbas N.N. y le entregó la documentación correspondiente.

(Diario La Prensa de los días 29 y 30 de octubre de 1983).

Denuncia sobre la existencia de tumbas N.N. en Moreno

Denuncia sobre la existencia de tumbas N.N. en Moreno

Integrantes de la Comisión de Derechos y Garantías de la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires se trasladaron el 22 de diciembre de 1983 al Cementerio de Moreno, al Oeste del Gran Buenos Aires, para iniciar una investigación en torno de la inhumación irregular de 23 cadáveres N.N. en esa necrópolis, entre los que habría varios pertenecientes a menores de edad.

(Diario Tiempo Argentino del día 23 de diciembre de 1983).

Exhumación de Cadáveres N.N. en el Cementerio de Rafael Calzada.

Exhumación de Cadáveres N.N. en el Cementerio de Rafael Calzada.

Una denuncia formulada por la Intendencia del Partido de Almirante Brown ante el Juzgado en lo Penal de Lomas de Zamora dio como resultado el hallazgo de 15 cadáveres sepultados clandestinamente entre 1976 y 1978 en fosas cavadas en el cementerio bonaerense de Rafael Calzada. Se encontró esa cantidad de cráneos, dos de ellos con rastros de perforaciones provocadas por balazos, y la mayoría de los cuerpos presentaban las manos cortadas.

(Diario La Prensa del día 28 de diciembre de 1983).

Denuncias sobre entierros clandestinos en el Cementerio de San Martín

Denuncias sobre entierros clandestinos en el Cementerio de San Martín

El senador provincial bonaerense Sirio Augusto Gómez se presentó como denunciante y testigo ante el Juzgado Federal N.o 4, señalando que en el mes de mayo de 1976 fueron sepultados en el cementerio de San Martín cadáveres no identificados en fosas comunes. La denuncia fue corroborada por varios empleados de la necrópolis ante el Juez interviniente. Los certificados de defunción —dice el Senador Gómez— determinaban como causa de la muerte afecciones cardíacas, pero al abrirse los cajones se encontraron restos de hombres jóvenes, mujeres embarazadas y adolescentes con heridas de bala.

(Diario La Razón del día 30 de diciembre de 1983).

Exhuman cadáveres en el Cementerio de Grand Bourg

Exhuman cadáveres en el Cementerio de Grand Bourg

Unos trescientos cadáveres registrados en los libros de esa necrópolis como N.N. fueron inhumados allí durante los años de la lucha antiterrorista, según una denuncia en poder del Juez Federal Hugo Gándara, quién ordenó las tareas de exhumación. Se encontraron unas noventa fosas, donde se comprobaron sepulturas de tres y hasta cinco cadáveres cada una, por lo cual se presume que el número de cuerpos inhumados ilegalmente podría superar la cifra mencionada.

(Diario Clarín del día 13 de enero de 1984).

Inhumaciones irregulares realizadas en el Cementerio de Avellaneda - Legajo N.o 7316

Inhumaciones irregulares realizadas en el Cementerio de Avellaneda - Legajo N.o 7316

La intendencia Municipal de Avellaneda resolvió con fecha 19 de enero de 1983, instruir un sumario administrativo para determinar la existencia de ilicitudes en la inhumación de cadáveres no identificados en la necrópolis de esa ciudad.

Del detalle de las inhumaciones de cadáveres no identificados se desprende que hasta el mes de mayo de 1976 la cantidad de N.N. era escasa y correspondía a gente de avanzada edad. Comparativamente se produce un crecimiento abrupto de la cantidad a partir de esa fecha, resaltando que desde ese momento la edad promedio de las personas fallecidas es muy inferior, aproximadamente 25 años. Esta situación subiste hasta comienzos de 1978, en que vuelve a decrecer la suma total, retornando a la normalidad, inclusive respecto de la edad avanzada de las personas muertas. Asimismo, el propio Director del Cementerio expresa que no puede asegurar que todas las inhumaciones realizadas en las fosas comunes del sector de la Morgue, figuren registradas en el libro correspondiente, y lo explica en razón de que la Morgue estuvo bajo un control policial absoluto, con entrada exclusiva y personal propio; la zona funcionaba como un ente autónomo con respecto a las autoridades del cementerio.

Fosas comunes en el Cementerio San Vicente - Legajo N.o 1420

Fosas comunes en el Cementerio San Vicente - Legajo N.o 1420

Como se echa de ver, no fue un procedimiento aislado, tampoco desconocido por las más altas autoridades del gobierno militar.

El 30 de junio de 1980, en una petición administrativa dirigida a la Presidencia de la Nación por personal de la Morgue Judicial de la ciudad de Córdoba, se leen estos párrafos increíbles:

Es imposible Sr. Presidente describirle una imagen real de lo que nos tocó vivir, al abrir las puertas de las salas donde se encontraban los cadáveres, dado que algunos llevaban más de 30 días de permanecer en depósito sin ningún tipo de refrigeración, una nube de moscas y el piso cubierto por una capa de aproximadamente diez centímetros y medio de gusanos y larvas, los que retirábamos en baldes cargándolos con palas. Nuestra única indumentaria era pantalón, guardapolvo, botas y guantes algunos, otros tuvieron que realizar este trabajo con ropa de calle, los bozales y gorros fueron provistos por la Dirección del Hospital por atención del señor Subdirector debido a que carecíamos de los mismos. A pesar de todo esto no tuvimos ningún tipo de reparos en realizar la tarea ordenada; es de hacer notar que la mayoría de estos cadáveres eran delincuentes subversivos. Morgueros y Ayudantes Técnicos de Autopsia en la caja del camión junto a los cadáveres y custodiados por dos móviles de la Policía de la Provincia correspondientes a un operativo montado para tal fin nos dirigimos así al Cementerio de San Vicente. Es inenarrable el espectáculo que presentaba el cementerio; los móviles de la Policía alumbraban la fosa común donde fueron depositados los cadáveres identificados por números y como punto de referencia los pilares de la pared cercana, detrás de la cual e inclusive arriba de los techos los vecinos al cementerio observaban la macabra tarea realizada.

Y más increíble aunque no haya motivado la más mínima intervención del destinatario.

Uno de los remitentes de la petición (referida a las condiciones de extrema insalubridad en que desempeñaban su labor), el Sr. Francisco Rubén Bossio, narra del siguiente modo los hechos de los que fue testigo:

Yo advierto que comenzamos a recibir cadáveres que alguna veces venían con «remito» pero que la mayoría de las veces venían sin nada. Esto se constata en el año 76. La mayoría de las veces remitía los cadáveres personal policial y otras veces la Gendarmería, el Ejército o en conjunto entre los grupos de las Fuerzas de Seguridad. Los funcionarios que iban entregando eran tenientes o subtenientes cuyos nombres no recuerdo. A veces venían con grupos de diez o doce soldados, pero yo no prestaba atención. Estos cadáveres tenían las siguientes características: venían heridos de balas, algunos con muchas perforaciones; en algún caso hasta ochenta, en otro diecisiete, por ejemplo. Venían todos con los dedos pintados y con marcas evidentes de torturas. Tenían marcas en los puños como si hubieran sido atados con piolas. Esporádicamente aparecían algunos destrozados, muy abiertos.

Después de las primeras tandas llegan otras de cinco, de ocho, y otra de siete. Debo aclarar que las autopsias se practicaban respecto de los cadáveres de la justicia ordinaria o federal, pero que respecto a los subversivos no se les hacía autopsia, limitándose la entrega a la orden del juez militar y el certificado de defunción que ya venía del III Cuerpo o del médico de la Policía.

Se ordenó la evacuación de los cadáveres del hospital, cosa que se hizo como lo describimos en la presentación al entonces señor Presidente de la República General Videla, con fecha 30 de junio de 1980. Lo hicimos en las dos camionetas, dos viajes en el mismo camión con treinta cadáveres en cada vuelta que se colocan en una fosa del cementerio San Vicente. Quiero aclarar que esta fosa era nueva, la inauguramos nosotros. Sus medidas aproximadas eran de unos treinta y seis o cuarenta metros de largo, por ocho de ancho y seis o siete metros de alto. La Municipalidad había hecho esa fosa; cuando fuimos, estaba incluso la máquina. Nunca en mi vida vi una fosa tan grande. Después del Hospital Córdoba, en diciembre del 76, retornamos a la Morgue del Hospital San Roque y por marzo del 77 retornamos a la fosa grande —no recuerdo cuántos llevamos—. Yo fui dos o tres días antes y la vi casi llena a la fosa, dándome la impresión de que habían colocado más cadáveres. Concretamente no recuerdo el número que transportamos en ese lugar. Pero si me acuerdo patente que faltaba sólo un metro y medio para completar la fosa.

Seguidamente y ante los mismos funcionarios actuantes comparece el Sr. José Adolfo Caro:

Que trabajaba juntamente con el Sr. Bossio en el mismo servicio. Que habiendo leído en todas sus partes la declaración producida por éste la ratifica en sus términos y desea agregar lo siguiente: Que recuerda que había una chica judía que vino atada con alambres. La vio y la desataron en la Morgue. Sabe que es judía porque en una oportunidad que entraron a reconocer hubo gente que la vio y la reconoció pero no puede determinar los detalles ya que no recuerda y solo viendo los libros podría precisar. Ratifica que hubo mujeres embarazadas, una de ella estaba de ocho meses y otra de seis. El número de aproximadamente doscientos setenta desaparecidos sepultados sale del libro de la Morgue, del único que existía, tiene que estar allí y donde todos los del servicio efectuaban las anotaciones.

La denuncia de estos hechos fue elevada a la Justicia, quedando radicada en el Juzgado Federal N.o 3 de la ciudad de Córdoba.

Por qué la desaparición de los cadáveres

Por qué la desaparición de los cadáveres

Es muy difícil para nosotros, después de la dura y compleja tarea realizada en busca de los detenidos-desaparecidos vivos, aceptar que muchos de ellos están muertos, y que sus cuerpos han sido diseminados o destruidos en cumplimiento de una planificada política enderezada también a su desaparición.

Necesariamente, esta constatación nos induce a preguntarnos el porqué de tan diabólica directiva. ¿Por qué la destrucción del cuerpo? ¿Encuadra acaso el mismo supuesto del crimen individual en el cual se busca borrar las huellas del acto? No nos parece suficiente esta explicación. Hay algo más que tiene que ver con la metodología de la desaparición: primero fueron las personas, el «no estar» alimentando la esperanza en el familiar de que el secuestrado sería puesto en libertad y habría de retornar; luego el ocultamiento y la destrucción de la documentación —que indudablemente existió acerca de cada caso—, prolongando la incertidumbre sobre lo que sucedió; y finalmente, los cadáveres sin nombre, sin identidad, impulsando a la psicosis por la imposibilidad de saber acerca del destino individual, concreto, que le tocó en suerte al ser querido. Fue como asomarse a cada instante al abismo de un horror sin límites.

Por eso pensamos que estos muertos sin nombre encuadran dentro de la misma lógica que decidió la desaparición forzada de personas: al borrar la identidad de los cadáveres se acrecentaba la misma sombra que ocultaba a miles de desaparecidos cuya huella se perdió a partir de las detenciones y secuestros.

Fue otra de las formas de paralizar el reclamo público, de asegurarse por un tiempo el silencio de los familiares. Precisamente, alentando en ellos la esperanza de que su ser querido estaba con vida, manteniéndolo en la imprecisa calidad de persona desaparecida, se creó una ambigüedad que obligó al aislamiento del familiar, a no hacer nada que pudiera irritar al Gobierno, atemorizado por la sola idea que fuera su propia conducta el factor determinante de que su hijo, su padre o su hermano pasara a revistar en la lista de las personas muertas.

También se pretendió con ello bloquear los caminos de la investigación de los hechos concretos, diluyendo en el ocultamiento de las acciones la asignación individual de responsabilidades; así se lograba extender el cono de sospecha a una gran parte de los funcionarios militares —salvo la casi imposible probanza del hecho negativo—, sobre su participación personal en la dirección o ejecución de las acciones delictivas.

Y por último, lo que fue el meollo de esta política de la desaparición total: impedir por todos los medios que se manifestara la solidaridad de la población y, con ello la secuela de protestas y reclamos que generaría en el país y en el exterior el conocimiento de que detrás del alegado propósito de combatir a la minoría terrorista, se consumó un verdadero genocidio.