[1] John Doe suele utilizarse en la jerga jurídica estadounidense para hablar de un hombre cuya identidad ha de mantenerse en secreto. Su equivalente femenino es Jane Doe, mientras que, en el caso de los niños, es frecuente el uso de Baby Doe. Con el tiempo, la expresión empezó a utilizarse para nombrar a una persona de la que se desconoce el nombre, como sucede con los cadáveres sin identificar hasta el momento en que se certifica quiénes son. (N. de la t.) <<