«Señor: Entre los muchos papeles que han llegado a mano de V. M. (Dios le guarde) contra el Conde-Duque de Sanlúcar, permita V. M. que llegue uno en su favor, de quien, por asistirle en su retiro, debe más que nadie defenderlo, y por ser testigo y aun juez de su conciencia tiene más que todos noticia de la inocencia con que padece y de la verdad por que debe V. M. favorecerle; y por haber tenido los puestos de letras mejores de su religión, la Compañía de Jesús, está obligado a saber lo que en este papel propone a la real conciencia de V. M., en cuyo fuero solamente se trata hoy la causa del Conde. Para lo cual asertaré primero el hecho y luego discurriré sobre las obligaciones de conciencia que al mismo hecho convienen, ciñéndome a toda brevedad.»
«Eligió V. M. al Conde ministro privado contra repetidas resistencias suyas, propuestas de palabra y por escrito a V. M. Conservóle veintitrés años en el ministerio contra instancias continuas [el cargo] después de todo esto el Conde como si lo hubiera pretendido, por ser gusto de V. M., con tanto amor a su real persona, con tanto celo del servicio y reputación de V. M., con tanta asistencia a su trabajo, con tanto desinterés de la aura popular, de haber aplausos y lucimientos públicos, de hacer amigos y dependientes, con tanta limpieza de manos, con tanto estudio de gloriosos fines, con tanta conferencia y consulta de Consejos y ministros y con tanta información y notas de V. M., que no se conoce ni se lee ministro de su puesto que en el conjunto de estas cualidades ni aun en cada una de ellas se le haya igualado jamás.»
«Fue su desgracia y la de V. M. que ha servido en el concurso de las mayores necesidades, con la obligación inevitable de sustentar más ejércitos que jamás ha tenido esta Monarquía, para cuyo socorro, con parecer de los Consejos, de las Juntas particulares de ministros y de las Cortes y siempre con órdenes de V. M. ha sido fuerza valerse de tributos, donativos, empréstitos, arbitrios y embargo de juros, que por comprender a todo el reino sin excepción de señores ni ministros, ni del estado eclesiástico y sentir cada uno más el daño particular y privado que el común y público, se han ejecutado con ofensas y quejas de todos; y aunque V. M. sólo era quien lo mandaba y tantos ministros los que lo aconsejaban y aprobaban, sólo el Conde, por supuesto, era en quien descargaba sólo el furor y resentimiento del pueblo, diciendo que sólo por su arbitrio y sin noticias de V. M. se obraba todo. Quiso Dios, o por castigarnos o por humillarnos, que a la providencia de V. M., que fue toda la que cabe en las prevenciones y fuerzas humanas, no correspondiesen los sucesos, aunque nunca se dejaron de esperar y aun asegurar, prudentemente de los medios; y así, ni se dejaron de admirar en la ejecución contraria a ello. Con esto, el vulgo ignorante, que mide por los sucesos las providencias, quejoso ya del gobierno del Conde, gravoso por fuerza a sus haciendas, deseó y clamó que V. M. sólo, sin su asistencia [la de Olivares], con sola la consulta de los Consejos, dispusiese todas las materias, comprometiendo que así las haciendas y la sangre y personas de los vasallos estarían prontas a su real servicio y aun ofreciendo, con vanas revelaciones, seguros los sucesos. Valióse de estas voces la emulación de unos y la ambición de otros, más allegados a los oídos de V. M., para que se lo aconsejasen. Cedió V. M. prudentemente a estos deseos y fue servido de dar al Conde la licencia que tantas veces había pedido para retirarse.»
«Retiróse a Loeches, lugar suyo por no tener otro en Castilla y haber experimentado poco favorable siempre a su salud la Andalucía, sirviéndose V. M. de mandar que la Condesa quedase ejerciendo merced y conservarla en ellos y de no hacer novedad contra el Conde por hallarse obligado de sus servicios. Correspondió a este favor el pregón que V. M. mismo dio así en las pláticas que hizo a los de la Cámara y a los del Consejo de Estado como en los papeles que escribió a los Consejos, a las ciudades del Reino, a las religiones, a los ejércitos y Virreyes de que el retiro del Conde había sido voluntario y no violento; de que le constaba a V. M. que había sido siempre buen ministro y tan grande que para sufrir su falta todo V. M. era necesario para el gobierno; y así se sacrificaba todo a él, sin querer [otro] ministro privado que le ayudase. Acción que hasta los enemigos del Conde loaron en V. M. por ser de atención y correspondencia merecida el amor y servicios del Conde. Pero la gracia en que parece quedaba con V. M. el Conde y el temor que con ella podía volver a su puesto y embarazar sus pretensiones, les movió a disponer que se diesen a V. M. y se esparciesen por el Reino memoriales y papeles tan injuriosos al Conde que no había homicidio, traiciones, herejías, idolatrías y todo género de iniquidad que no cargasen al Conde, y con tanta impunidad de sus autores que, constando a todos los ministros de V. M., no se hizo diligencia para castigar a ninguno, clamando las leyes con penas capitales para su castigo, hasta que se inquirió ligeramente de uno con pretensión de justificar graves castigos con otro bien indiscreto que se escribió en su defensa y por hacer al conde más odioso publicaron que era suyo sin haberle jamás visto ni antes ni después de haberse impreso.»
«A todo este ruido estaba sordo el Conde en su retiro, negado todo género de visitas y correspondencia, si no es la forzosa para gobierno de su casa y la obligación de su conciencia con la Condesa. En ésta [en la Condesa] fraguaron los émulos otra persecución, viendo que se persuadía todo el reino, que por este arcaduz se engañaban a V. M. los pareceres del Conde y que todo cuanto V. M. obraba era inspirado por él y no había alcanzado V. M. la gloria gobernar solo, que el reino deseó con el retiro del Conde; siendo que a V. M. le constaba con evidencia la falsedad de este rumor, las acciones mismas la publicaban opuestas todas a los empeños del Conde, como la deposición del Presidente y la del Protonotario, sustitución de puestos a los que en su tiempo se les quitaron y prendieron; la visita de su primo el Marqués de Leganés y otras semejantes. Se intentó y propuso la salida de la Condesa de Palacio a Loeches, por conveniencia pública y de V. M. Y porque fray Juan de Tomás dijo que no se podía dejar de hacer en conciencia, hado otro medio con que ocurrir a esta común persuasión del reino, para alejar más al Conde, se tomó por temperamento su destierro de Loeches a Toro, ofreciendo V. M. y asegurando Don Luis de Haro y fray Juan, interlocutores de esta materia, que con esto no habría mudanza en las cosas del Conde, así como de su mujer y de sus hijos, como no fuera para mejor estado. Vino el Conde a Toro, donde ha vivido cinco meses, atendiendo a sólo su descanso y a pedir a Dios y hacer que todas las comunidades de religiosos y religiosas le pidan frecuentemente la salud y buenos sucesos de V. M. y socorrer las necesidades de los pobres, siendo querido y adorado de todos, así grandes como pequeños; sin que de tanta distancia pueda nadie haber creído prudentemente que sus inspiraciones hayan influido en las acciones de V. M., cuando a 7 de noviembre llega a Toro orden de V. M., ya ejecutada en Madrid, con pretexto de conveniencia pública, de que la Condesa y los hijos del Conde salgan de Palacio y del ejercicio de sus oficios y se vengan a Toro, ocasión bastante para que la malicia tan declarada contra el Conde juzgue y publique qué delitos averiguaron suyos o qué sospechas de infidelidad obligan a V. M. a estos disfavores y desvíos. Éste es el estado presente del Conde y el hecho todo de la materia sobre que he de discurrir, de cuya verdad no doy prueba a V. M. porque la mayor se la dará a V. M. el testimonio de su misma conciencia.»
Después de esta exposición de los hechos que, en realidad constituyen lo más interesante de este escrito desde el punto de vista documental, el Padre Martínez Ripalda discurre largamente sobre la injusticia de haber sido tratado Olivares de tal modo por el poder real. Conviene en que, no obstante, no ha sido tratado como delincuente, pero sí como infamado por la pérdida de la gracia real. Esto es lo más significativo del Memorial, ya que nos demuestra, por el mismo caído, que era la honra en entredicho lo que le aquejaba y no la pérdida del poder. He aquí un párrafo muy típico:
«Pero, Señor, aun cuando no sea esto tratar al Conde como delincuente, no puede negarse… que es hallarse el Conde en el estado más desdichado a que pudo llegar un Privado de su calidad, casa y servicios. Porque le ha importado poco toda la merced que V. M. le ha hecho y todo lo que tantos años ha trabajado en servicio de V. M., si después de todo esto viene a quedar sin honra y infamado por todo el mundo, como es fuerza que el Conde quede con estos escritos tolerados en España y con los desvíos de V. M. ejecutados en él, en su mujer y en sus hijos, si V. M. no lo restaura como puede. No hay desdicha mayor que haber sido dichoso cuando no sirve la dicha más que para hacer más famosa en todo el mundo y en todas las edades la infamia de haberla perdido.»
A continuación encarece al Rey que su obligación principal se hace jurídicas y teológicas. Se refiere luego a los pretextos que dieron en Palacio para la expulsión de la Condesa, uno de los cuales fue el poner fin a la separación de los esposos, muy propio de aquella sociedad tan gazmoña como inmoral; a lo que contesta con las siguientes palabras:
«Ni es razón aparente la que alguno, de parte de V. M., propuso al Conde de que era materia de escrúpulo tener a la Condesa en Palacio apartada de su marido. Por dos causas: la una porque esta división se hacía con gusto y conveniencia de las dos partes que tenían el derecho de unión…; con las cuales condiciones no habría teólogo desapasionado y medianamente docto que haga escrupulosa esta división. La segunda porque el Conde y su mujer están en edad y estado de no poder esperar sucesión, y por esta causa ha algunos años que no hacen cohabitación maridable; y que no la pueden hacer sin culpa venial es sentimiento de San Agustín y de otros teólogos.»
Se refiere de nuevo al asunto de El Nicandro en las siguientes palabras:
«¡Cómo creerá V. M. que hay justicia para el Conde! Porque en un papel [El Nicandro] se dijo rebozadamente una cosa que aun los mismos que se quejaron no la entendieron ni supieron declarada, de un señor que públicamente fue preso por V. M. y murió en la prisión, sin haberse hasta ahora satisfecho los gravísimos cargos que se hicieron, se permitieron juntas públicas de Grandes, convocatorias de otras y amenazas exorbitantes; y, finalmente, se ejecutaron graves sentencias en el autor y sus cómplices, sólo porque el papel había salido en defensa del Conde; y habiendo sido los escritos que ofendieron al Conde tantos y tan enormes que tiembla la pluma de referir sus injurias, tan declaradas y desmedidas, se han pasado todas con disimulación y silencio, no estando el Conde preso por V. M., ni habiéndosele hecho cargos ningunos, sino antes bien honrándole V. M. de buen Ministro y publicándole por inocente. ¿Qué puede argüir esta diferencia y oposición de acciones en la justicia, sino que son otras las leyes con que se juzga al Conde y a los otros?»
Nuevamente insiste en que el Rey prometió «una y dos veces» «no hacer novedad en el estado» del Conde, aunque se retirase a Loeches y después a Toro. Por lo tanto, el expulsar de Palacio a la Condesa y a sus hijos supone faltar a esta promesa, lo cual es inadmisible, porque «sobre todas las promesas humanas es más grave y más estrecha la obligación de una palabra real». Añade nuevas razones, muy copiosas, para demostrar la necesidad que tiene el Rey de deshacer su yerro. Y luego habla de los enemigos de Olivares así:
«Yo no podré traer los principios secretos y singulares que podría el Conde, porque me son ocultos. Pero, Señor, la voz pública del reino no sólo de los populares, sino de los ministros y señores cuenta por enemigos declarados del Conde a Don Luis de Haro, al Conde de Castrillo, al Duque de Híjar, al Conde de Monterrey y a fray Juan de Santo Tomás y otros que asisten a V. M. Y a sus persuasiones y astucias atribuyen todos los rigores que se han usado con el Conde. Fundamentos debe de haber para que tan constantemente lo juzguen todos. Basta el no obrar con fineza de amigos los que tenían tantas obligaciones para serlo…; el uno por sobrino y heredero de su Casa; los otros por afinidad de hermanos, y todos como beneficiados del Conde… Y aunque fray Juan de Santo Tomás no entre en este orden, sábese ciertamente que ha concurrido a desviar de la gracia de V. M. al Conde por medios inicuos que un teólogo medianamente docto, si no era apasionado, no podía aprobar. Él fundó, con razones aparentes, habiéndole enviado a Alcalá el confesor de Su Alteza, que debían ser creídas sus revelaciones de que no habría buen suceso en la Monarquía de V. M. mientras el Conde y sus ministros gobernasen y mientras fuese confesor de V. M. fray Antonio Sotomayor; y que en retirándolos V. M. a todos, todos serían dichosos; de cuya verdad, el tiempo presente es buen testigo, y de cuya credulidad está hoy juzgando el Consejo Supremo de la Santa Inquisición y juzgamos muchos años ha de ser [credulidad] vana muchos teólogos que fuimos consultados en la materia, y no lo fundo aquí, porque creo que V. M. no ha dado crédito a ella. Él [Fray Juan] se hizo amigo con el mayor enemigo que tenía nuestra religión, Pedro González Galindo, con quien tuvo en Alcalá públicos encuentros indecentes, en que le llevó [Galindo] estas revelaciones y un largo libelo contra el Conde y le aconsejó que lo pusiese en manos de V. M.; estando este religioso desterrado en Madrid por sus superiores, que conocían sus locuras, temeridad y pocas letras, hizo que el Duque de Híjar, contra orden expresa de sus superiores, le llevase a Zaragoza para escribir otros papeles horribles contra el Conde y fundar estas revelaciones; y habiéndole, con preceptos y censuras [sus superiores], ordenado por la desobediencia que saliese de Aragón y viniese a su colegio de Almagro, le hizo [Híjar] detener y le detuvo en Aragón, hasta que acabase de escribir las sátiras contra el Conde, obligando a los superiores que suplicasen a V. M. le obligasen a venir a la obediencia.»
Se duele Martínez Ripalda de que una historia tan mezquina como la de estas revelaciones de González Galindo, manejadas por el Duque de Híjar y por fray Juan de Santo Domingo, hayan podido conducir a la deshonra de un ministro como el Conde-Duque. Después se refiere a la banalidad de los otros argumentos que se dieron contra el Ministro; a saber: que los vasallos y los Grandes tributaban de mala gana por enojo a Olivares, por lo que bastaría la salida de éste para que creciese la generosidad de todos, y que la caída del Ministro iría seguida de la sumisión de Cataluña y Portugal. Como estos efectos no se lograron, se atribuyó a que Olivares estaba demasiado cerca de Madrid, y desde Loeches seguía influyendo malévolamente sobre el Rey. Por eso se le alejó a Toro. Y como todo continuaba mal, se expulsó de Palacio a la Condesa. El remedio de la Monarquía no puede venir por pueriles e injustos procedimientos, pues las desdichas del reino no se debían a culpas del Conde, sino a «imposiciones decretadas por V. M. y aconsejadas de sus consejeros y ministros, y tan inexcusables que después del retiro del Conde se conservan sin poderse excusar». Además el Rey sabe bien que desde que salió de Palacio Olivares «no ha tenido ni en Loeches ni en Toro parte alguna en las acciones de V. M., y esta verdad debiera prevalecer contra la mentira para que V. M. no le maltratase en su quietud, comodidad y honra».
Finalmente, alega Ripalda que aun cuando no mereciese Olivares la atención del Rey por justicia, la merecería por caridad, pues «no se puede negar que el Conde, con la ausencia de V. M., está gravemente necesitado del favor y defensa de V. M., para su quietud, para su honra y aun para su vida; pues se halla en el estado miserable de congoja, de deshonra y pesadumbre que ponderamos. También que ha sido el amigo más fino y más estrecho que V. M. ha tenido y el criado que más tiempo y con más amor y trabajo le ha servido. Puede V. M., fácilmente, sin faltarse a sí y a su dignidad real, excusarle tanta infelicidad como está padeciendo, sirviéndose de favorecerle».
Y termina el Memorial así:
«Concluyo, Señor, con proponer a V. M. que aun cuando V. M. no se halle obligado a defender al Conde es fuerza que él se sienta obligado en conciencia a defenderse, sin que pueda haber sacrificio a Dios y a la obediencia de V. M. cuando él lo quiera de su inocencia y reputación, sino que deba hacer todas las instancias posibles, judiciales y extrajudiciales, por su reparo. Porque él se siente inocente en el ejercicio de su ministerio y persuadido que, tolerando los castigos de culpado, con los que sus émulos han querido persuadir al mundo, cede su tolerancia y silencio en daño de terceros, de su mujer, de sus hijos, de su familia y de su Casa, quedando no sólo en su vida, sino después de ella, perpetua, en la posteridad y memoria de los hombres, la infamia de haber acabado en un destierro y de haber sido tratado de un señor Rey piadoso y justo, que tanta merced le hizo y a quien tanto sirvió, como delincuente y reo.»
«Así debe V. M. excusar al Conde de las instancias que hiciera por su crédito y en defensa de su inocencia. Pues, Señor, si es verdad que el Conde ha merecido a V. M. más gracia que otro Privado alguno a su Rey…, habiendo mostrado… que concurren tantas obligaciones graves de conciencia, así de justicia como de fidelidad, de caridad y de agradecimiento para que V. M. le ampare en esta ocasión, no se puede dejar de suplicar a V. M. ni de esperar de su gran piedad y equidad real que la inocencia del Conde sea defendida de V. M., su honra reparada y sus servicios, amor y celo premiados como merecen.»