Un enemigo invisible y silente amenazaba a los antiguos prebostes del Instituto Nóos sin que estos se hubieran percatado de su peligro y su proximidad. El tinglado urdido en torno a esta entidad para obtener fondos y desviarlos a sociedades instrumentales bajo su control constituía, desde el punto de vista penal, un gran escándalo de malversación de caudales públicos pero también un multimillonario fraude fiscal todavía por cuantificar.
Los responsables de la trama no solo se enfrentaban a considerables penas de prisión sino también al pago de una cuantiosa multa que podía hipotecar su presente y su futuro y acarrear la confiscación de todo su patrimonio. Desde el palacete de Pedralbes de los duques de Palma al chalé de Sant Cugat del Vallés de Torres pasando por los barcos de este último o cada uno de los saldos de sus depósitos bancarios. Se aventuraba su ruina personal, y también la económica.
Y así, como un monumental fraude fiscal, se concibió desde un principio el Caso Urdangarin por parte de los investigadores y concretamente de la Delegación de la Agencia Tributaria de Baleares, que se halla incardinada en la génesis de este procedimiento judicial. El equipo liderado por el que era entonces delegado especial, Raúl Burillo, comenzó las pesquisas conjuntamente con la Fiscalía Anticorrupción y la Policía Judicial de las Islas, comandada por el comisario Antonio Cerdá. Analizaron en diversas reuniones el masivo cruce de facturas entre las tapaderas del duque de Palma y su socio y a este equipo humano reducido pero pluridisciplinar corresponden los primeros grandes pasos del proceso.
Entre todos debían decidir si se atrevían a dar el más importante: si se embarcaban en una investigación que pivotaría en torno al yerno del rey, pero sobre todo si estaban en condiciones de otorgar a un miembro de la familia real española el mismo trato y aplicar los mismos protocolos que al resto de justiciables.
Sopesaron la decisión, coincidieron en que había que priorizar este asunto por la envergadura que tenía y se determinó ir hacia delante con todas las consecuencias. Sabedores los inspectores de hacienda, el fiscal Pedro Horrach y el juez José Castro de que se adentraban en tierra incógnita y que conocían cómo empezaban las indagaciones pero no cómo podían acabar.
El planteamiento técnico inicial era claro y no admitía demasiadas interpretaciones. Bastaba echar un vistazo a aquel puzle para comprobar, a simple vista, que Iñaki Urdangarin y Diego Torres habían utilizado el Instituto Nóos como plataforma para conseguir un dinero de clientes públicos y privados que estaban obligados a reinvertir en nuevos proyectos. Según los propios estatutos de Nóos o de cualquier otro instituto sin ánimo de lucro, de existir un beneficio debía volver a emplearse en nuevas iniciativas. Era una suerte de ONG y debía actuar como tal. Por lo tanto, los patronos debían respetar uno de sus presupuestos esenciales: que no podían lucrarse con ella.
Sin embargo, a modo de satélites aparecieron una serie de sociedades creadas por los patronos de Nóos que giraban facturas falsas al instituto para cobrar por servicios inexistentes y llevarse el dinero a sus bolsillos. Entre ellas se encontraban Nóos Consultoría Estratégica, Virtual Strategies, Shiriaimasu, Intuit Strategy Innovation Lab y, por supuesto, Aizoon, propiedad de los duques de Palma. Se escogieron nombres rimbombantes para simular que se trataba de prestigiosas consultoras internacionales o de empresas que prestaban servicios reales sin los cuales los proyectos de Nóos no podían llevarse a cabo. Pero nada más lejos de la realidad.
A ojos de los técnicos de hacienda de las Islas todo este conglomerado era una unidad concebida para un único fin. Es decir, pese a la apariencia formal de que se trataba de sociedades independientes y sin relación entre sí, bastaba revisar su accionariado en el Registro Mercantil para comprobar que todas estaban en manos de los responsables de Nóos y domiciliadas en sus propias casas y despachos. Ni tan siquiera se habían molestado en recurrir a la figura de testaferros y figuraban ellos mismos con nombre y apellidos. «Han utilizado Nóos para llevarse el dinero», fue la conclusión unánime de los investigadores.
El grado de impunidad que les otorgaba el tener al duque de Palma como mascarón de proa les llevaba a ahorrarse la más mínima precaución. Nunca nadie se había atrevido a investigar a un integrante de la familia real española y no lo iba a hacer ahora, pensaron. Estaban blindados y actuaban con la soltura y alegría que otorga la condición de invulnerables. Y solo bajo este esquema mental se explica lo rudimentario y obsceno del montaje confeccionado.
A efectos fiscales había que concebir toda esta telaraña como una sola cosa por lo que se debía aplicar lo que técnicamente se denomina levantamiento del velo societario. Es decir, tocaba despojar al entramado de sus complejas nomenclaturas encaminadas a desviar la atención y atribuir el fraude fiscal cometido a través de las mismas a los verdaderos responsables. Pero como personas físicas, no como personas jurídicas. Si en definitiva Urdangarin y Torres habían creado a propósito una red de sociedades para saquear una entidad sin ánimo de lucro y habían girado miles de facturas ficticias para apropiarse de los fondos, ellos debían ser quienes apechugaran con la defraudación a título personal, incorporando el fraude cometido a sus declaraciones de IRPF. No tenía ningún sentido calcular aisladamente el fraude de cada una de las entidades utilizadas cuando no conformaban más que una máscara tras la que se escondían quienes las manejaban a su antojo.
El análisis fiscal resultaba muy básico y en él coincidían tanto el equipo de Burillo como el fiscal Pedro Horrach. El citado levantamiento del velo era tan obvio que no generó discusión alguna, máxime cuando iba además a garantizar una condena casi segura para los dos prebostes de Nóos por graves delitos contra la Hacienda Pública. Una base sólida sobre la que asentar el resto de acusaciones y que garantizaría, independientemente de la deriva que tomara el procedimiento, una futura condena que atraparía sin solución a Urdangarin y Torres. Constituía, por ende, un eje sólido de muy difícil derribo por muchas presiones e injerencias que se ejercieran sobre la causa. En el mejor de los casos para los implicados, estos acabarían condenados por delito fiscal y tendrían que abonar una multa millonaria.
Surgía, no obstante, un importante interrogante que habría que resolver antes o después. ¿Quiénes eran realmente los responsables de aquella trama? ¿Solo Urdangarin y Torres o había más personas? Formalmente el Instituto Nóos estaba dirigido por cinco miembros: además del dúo situado como imagen visible, la infanta Cristina, Carlos García Revenga y Ana María Tejeiro. Atendiendo, además, a la declaración judicial de Torres, todos los integrantes de la entidad adoptaban conjuntamente las decisiones. Por lo tanto, ¿a quién o quiénes se deberían atribuir los más que posibles delitos contra la Hacienda Pública que iban a aflorar a continuación? ¿Solo a Torres y a Urdangarin o también al resto de los miembros de la ejecutiva del instituto? Ahí radicaba el nudo gordiano, pero al no tratarse de una cuestión prioritaria en las primeras indagaciones, se aplazó el debate.
La idea era abordar la cuestión por etapas. La intención de los responsables del fisco en Baleares, que habían colaborado con la Fiscalía Anticorrupción en todos los grandes asuntos del archipiélago, era la de considerar responsables a quienes, sobre el papel, integraban el órgano de gobierno de Nóos. Es decir, situar al mismo nivel, en lo que respecta a las responsabilidades fiscales, a los cinco jinetes del instituto. «Hay que considerar responsable a todo el que aparezca formalmente», era la consigna. En cualquier caso había que dejar que fuera el juez Castro quien se reservara la última decisión al respecto. Máxime si, como ya se advertía, el fraude acarreaba una derivada penal al superar con creces el umbral de 120 000 euros por ejercicio. Eso sí, de hacer una criba previa ni hablar. Se emplearía el mismo criterio que con el resto de contribuyentes. Excepciones, ni una. Si aparecían cinco en la ejecutiva, cinco, y ni uno menos, debían responder por lo ocurrido.
Sentadas estas bases primigenias, Burillo fue destituido el 22 de julio de 2010, cuando ya se había tomado la decisión de judicializar este asunto en forma de pieza separada del Caso Palma Arena, el gran cajón de sastre que aglutina la investigación contra el expresidente popular Jaume Matas por corrupción. Este alto funcionario no pudo continuar con su trabajo porque fue trasladado a las dependencias de Hacienda de Zaragoza cuando estaba decidido a meterse de lleno en este asunto. Tras haber exigido la histórica líder de Unió Mallorquina (UM), Maria Antònia Munar, su cabeza a sus socios del PSOE, Burillo fue desposeído de cometidos y tareas importantes. Castigado, en definitiva, por investigar las mangancias de los poderosos. Así de claro. Claro que sus pesquisas acabarían abocando a Munar a la cárcel en la que hoy día está recluida.
Tras esta incomprensible penitencia por los éxitos cosechados y los que quedaban por llegar, la siguiente y sorprendente decisión de una Agencia Tributaria que comenzó a virar inexplicablemente su estrategia frontal con la corrupción fue la de desmantelar la unidad especializada que había creado en las Islas y que había cosechado unos logros sin precedentes. Ahí está la caída de UM, con su cúpula procesada o encarcelada, o el gobierno de Jaume Matas, que siguió el mismo camino, para la posteridad. Sus resultados eran incontestables, su base de datos, manejada con habilidad y pericia, era un indestructible cañón Bertha, y no mediaba justificación que avalase la supresión de aquel grupo de técnicos especializados en delitos cometidos por cargos públicos en el ejercicio de sus funciones. Ninguna otra delegación de Hacienda en España había logrado con efectivos tan escuetos unos logros tan cuantiosos.
Sin embargo, el descuartizamiento de este equipo de trabajo, que se justificó por parte del departamento de comunicación de la Agencia Tributaria con un puñado de eufemismos tales como que se pretendía «mejorar la eficiencia con la redistribución de los recursos» o que a Burillo se le había «premiado» con su traslado a Zaragoza porque, en definitiva, «volvía a casa», le siguió un movimiento no menos inquietante. Al del alto cargo aragonés, que llegó a Baleares después de haber dirigido la Agencia Tributaria en Cataluña, siguió el relevo de la abogada de la Comunidad Autónoma de Baleares, María de los Ángeles Berrocal, que era de la misma opinión que los técnicos de hacienda en este asunto y se mostraba inflexible en sus planteamientos en los diferentes casos de corrupción. Pero ella no fue más que el penúltimo eslabón en esta larga cadena de extravagantes acontecimientos.
De pronto, la Delegación de Hacienda de Cataluña, que se estaba encargando de llevar a cabo la inspección rutinaria de las sociedades instrumentales de la trama, con domicilio social todas ellas en la Ciudad Condal, y que desempeñaba un papel secundario y de apoyo, tomó la iniciativa y cobró un protagonismo que no le correspondía. Bajo la dirección de Gonzalo García de Castro rompió el consenso inicial de dejar la última palabra al juez Castro al apuntar por su cuenta y riesgo en sus informes que los responsables eran Urdangarin y Torres. Ni una sola mención a la infanta Cristina, que figuraba como copropietaria de una de las entidades inspeccionadas. Como si no existiera, como si nunca hubiera existido.
Este paso nunca lo dieron los inspectores de Baleares al considerar que no les correspondía a pesar de haber participado en la investigación, asistido a los registros judiciales y examinado toda la documentación. Sin embargo, la Delegación de Hacienda de Cataluña, que conocía de manera mucho más superficial el procedimiento, se arrogó unilateralmente esta competencia y comenzó a determinar quién era culpable o inocente.
Esta extralimitación cobró verdadera forma y sentido al irrumpir en escena el jefe de los Servicios Jurídicos de la Agencia Tributaria a nivel nacional, Juan Manuel Herrero de Egaña, al que tampoco correspondía tomar parte directa en este asunto. Pese a que lo habitual una vez finalizada la actuación inspectora es que el expediente pase a manos de uno de los responsables jurídicos autonómicos, el letrado jefe de Hacienda se hizo con este balón disputado y emitió un informe en el que precisaba todavía más.
De nuevo, ni la más mínima mención a Cristina de Borbón, a la que, por cierto, se había excluido, también sin explicación lógica de por medio, de la preceptiva actuación inspectora. De tal manera que se abrió un procedimiento administrativo contra todos los personajes presentes en la trama y se dejó a ella al margen, lo que suponía en la práctica que no se le solicitó una sola explicación sobre sus cuentas, sus gastos o los cientos de facturas emitidas con su nombre.
El abogado jefe del fisco estableció ya en su primer informe de enero de 2013 un «planteamiento general» que venía a corroborar lo analizado hasta esa fecha. «Las personas físicas y jurídicas inspeccionadas constituían un entramado a través del cual obtuvieron ingresos procedentes de sus relaciones con entidades públicas (fundamentalmente de la Generalidad Valenciana y del gobierno balear) y privadas que fueron canalizados a través de una red de entidades jurídicas (Instituto Nóos, Aizoon, Nóos Consultoría Estratégica, Virtual Strategies, Shiriaimasu, entre otras)». Hasta ese punto todos los intervinientes en la investigación estaban de acuerdo. Pero solo hasta ahí.
A continuación, abordaba la cuestión más espinosa, la de la tan traída responsabilidad individual de cada uno de los protagonistas. «Las entidades jurídicas integradas en dicho entramado eran utilizadas por personas físicas», recalcó el responsable jurídico, para a continuación señalar a los culpables: «Diego Torres Pérez, Ana María Tejeiro Losada e Ignacio Urdangarin Liebaert». De nuevo, ni rastro de la hija del rey pese a que este funcionario establecía que los propietarios de las sociedades, entre los que se encontraba la olvidada Cristina de Borbón, «se valieron de ellas como meros instrumentos formales carentes de cualquier realidad e individualidad hasta el punto de que no resultaba fácil —ni siquiera a los propios empleados de las mismas— diferenciar las actividades realizadas por unas y otras». Y lo que resultaba más llamativo, dejaba fuera a la infanta pero incluía a la mujer de Torres, con lo que el lío estaba garantizado.
Torres volvió a la carga amenazando con aportar nuevos correos electrónicos contra la hija e intensificar su gota malaya. «Todavía no me he puesto con la infanta», amenazaba desafiante. Deslizaba que obraban en su poder pruebas de operaciones que incriminarían a Cristina de Borbón en cobros en paraísos fiscales y advertía que, si quería, podía adentrarse en ámbitos personales. Todo iba a depender, insistía por activa y por pasiva, de la contundencia de la investigación contra Ana Tejeiro.
El análisis preliminar de los Servicios Jurídicos de Hacienda contenía a renglón seguido un reproche durísimo contra Aizoon, pasando a desmontarla como si fuera un mecano y dejando claro que se trataba de un mero instrumento concebido para delinquir. Empezando por su plantilla, que «no era idónea para los servicios que supuestamente prestaba» y que oficialmente eran los de «asesoría empresarial». «La teórica plantilla de la sociedad está integrada por cuatro empleados de hogar, una estudiante, una encuestadora que dice trabajar para otra persona, un asesor, dos personas que nunca nadie ha visto trabajar para la sociedad, un chico de los recados, una analista del estilo de vida de los deportistas (sin regularidad en el trabajo) y una con 1.º de estudios de Enfermería haciendo “corta y pega” de Internet […]. De acuerdo con esa composición, esa plantilla difícilmente podía prestar los servicios de asesoría a las entidades a las que facturaba», apostillaba.
Por lo tanto, la asesoría de los duques de Palma que facturaba cantidades millonarias al Instituto Nóos por supuestos servicios de gran enjundia no tenía siquiera trabajadores cualificados para llevar a cabo trabajo alguno. No ya aquellos vinculados a la responsabilidad social corporativa, materia con la que teóricamente comerciaba Nóos, sino con cualquier otra actividad digna de ser ofertada en el libre mercado.
Hacienda dejaba claro en este sentido que la empresa de Iñaki Urdangarin y la infanta Cristina era una simple «sociedad pantalla» que servía al matrimonio para desviarse fondos públicos y privados. Pero, pese a la contundencia de las aseveraciones, se establecía que el único responsable era Urdangarin, obviándose que su mujer era la propietaria del 50 por ciento de las acciones y que ocupaba el puesto de secretaria del consejo de administración de la entidad. La sucesión de hechos, vista en perspectiva, se antojaba con claridad como un plan preconcebido para aislar del incendio a la hija del rey. Siempre que había alguna remota posibilidad, la moneda caía del lado más favorable a Cristina de Borbón. No fallaba.
«La única actividad que realizaba Aizoon era la de alquiler de inmuebles (por un importe anual 30 576,12 euros en 2007 y de 27 329,56 euros en 2008) muy inferior a los importes facturados por la supuesta actividad de asesoría (645 453,40 euros en 2007 y 494 156,22 euros en 2008)», continuaba el abogado jefe del fisco, desbaratando por completo el montaje urdido. Pero todavía señalaba más.
«Los gastos de Aizoon no se compadecen con las actividades que debía realizar», proseguía. Esto es, que no solo la empresa no llevaba a cabo las funciones por las que cobraba sino que tampoco había generado los gastos que oficialmente había declarado, por lo que el problema se antojaba doble. La relación de gastos declarados, además de los «gastos de personal de la plantilla antes citada» se componía de los «gastos de alquiler y teléfono del despacho del Sr. Urdangarin así como en el renting de la furgoneta familiar, entre otros […]. Es decir, los gastos deducidos por Aizoon, SL, en su Impuesto sobre Sociedades no estaban relacionados con los contratos de los que derivaban los ingresos por prestaciones de servicios o, dicho de otro modo, no aparecen gastos relacionados con el normal desempeño de la actividad de asesoría que tendría cualquier sociedad que realmente se dedicara a esa actividad».
«A lo anterior», subrayaba Herrero de Egaña, «puede añadirse que el administrador (Sr. Urdangarin) no percibió remuneración alguna de la sociedad Aizoon por el desempeño de funciones laborales, de administración o directivas de forma periódica y que tampoco consta cobro alguno por los socios en concepto de dividendos». Aizoon era, en definitiva, una farsa que debía llevar aparejada que sus responsables pasaran a tributar lo que no habían tributado mediante este artificio. Pero de nuevo solo se aludía a la figura del duque de Palma y su mujer deambulaba por el expediente administrativo como una figura evanescente que pasaba inadvertida a ojos de todos los inspectores.
La disolución de la unidad de Hacienda de Baleares, que se mantuvo en pie hasta junio de 2012, no solo se convirtió en un hecho desde principios de ese mismo año sino que se prohibió a sus componentes seguir manteniendo contacto con la Fiscalía Anticorrupción, con cuyos integrantes se habían establecido ya estrechas relaciones de confianza y de amistad a lo largo de los años. Cesaron así de golpe las habituales consultas técnicas y se oficializó que tomaba el relevo de las pesquisas, en plena investigación, la delegación catalana, con la obediente funcionaria Teresa Subias como responsable a pie de campo.
El único argumento que se dio radicaba en que este cambio redundaría en la «eficacia» de la investigación, sin detallar cómo iba a ser más eficaz el procedimiento si el juez, el fiscal y los policías trabajaban en Palma y los inspectores, a partir de ahora, en la Ciudad Condal.
El equipo de García de Castro cogió las riendas de este espinoso asunto y fue variando su enfoque a conveniencia. Se planteó en un principio y hasta en dos ocasiones concebir fiscalmente al Instituto Nóos como una empresa de reducida dimensión. Es decir, si era una ONG que había actuado en la práctica como una sociedad limitada, cabía exigirle que tributara como tal. Se calcularon, en consecuencia, las posibles cuotas defraudadas por el Instituto Nóos en el Impuesto de Sociedades. Esta alternativa suponía, de nuevo, que si afloraba un delito fiscal, había que determinar los responsables y en Nóos, a priori, había cinco ejecutivos incluida la infanta Cristina.
Total, que al final la Delegación de Cataluña echó marcha atrás y se acabó decantando por la figura inicial del levantamiento del velo societario, la opción de considerar todo como una sola cosa, y se profundizó en la vía originaria. Eso sí, siempre sobre el presupuesto de que Torres, su mujer Ana Tejeiro y Urdangarin eran los únicos responsables. Pero con este planteamiento surgía un nuevo inconveniente.
Si se atribuía la comisión de un delito fiscal a Ana Tejeiro, ¿bajo qué argumento se iba a poder exculpar a Cristina de Borbón, si también aparecía en las empresas? Dicho y hecho: se decidió reajustar el ángulo por enésima vez y exonerar, directamente, a la esposa de Torres a la que antes se había culpado abiertamente. Apartando a Tejeiro, problema resuelto.
Para ello, la Delegación de Hacienda en Cataluña abandonó su condición de perito en materia tributaria y se tomó la licencia de determinar el rol que cada uno de los protagonistas había tenido en la trama. Así, apuntó a Torres como el «autor intelectual» de Nóos y rebajó la participación del duque de Palma a un papel orientado hacia la «vertiente institucional y comercial». Era absolutamente inédito que esta descripción la llevase a cabo Hacienda y no el juez, pero solo con un argumentario de este tipo podía justificar que atribuía la culpabilidad del fraude fiscal a unos sí y a otros no. Ana Tejeiro, aparecía, como la infanta, en las sociedades pantalla. Sin embargo, el equipo de García de Castro concluyó que no había podido demostrarse que adoptase «ninguna decisión directiva». «Es evidente, en fin, que la señora Tejeiro queda muy lejos de ostentar ningún poder de decisión sobre contenidos, proyectos, negociaciones, contratación y organización interna de Nóos».
Esto sí que resultaba una importante novedad. La imputada Ana Tejeiro era, de pronto, exonerada por el fisco en pleno chantaje institucional de su marido y con la clara intención de hacer lo propio con Cristina de Borbón.
Para esto último bastaba con descargar todos los males sobre Urdangarin y Torres y listo: el gabinete de control de daños habría consumado con éxito su complicado cometido. «Todas las sociedades se hallaban de un modo u otro pero sin excepción bajo el dominio efectivo y absoluto de Torres y Urdangarin», aseveró Hacienda, que cuantificaba en «8 millones de euros» el montante de «425 facturas falsas» que se habían cruzado entre ellas. «Todos los demás socios de las compañías no contaban de ninguna forma ni participaban en la toma de decisiones estratégicas ni en la elaboración de proyectos». La suerte, por lo tanto, estaba echada.
El horizonte se aclaraba para la hija del rey gracias al recurso de librar a la esposa de Torres. Incluso había otra circunstancia que jugaba a su favor ya que la disputa por la competencia entre Baleares y Cataluña había provocado que la mayor parte de los ejercicios fiscales de la trama, al menos los que coincidían con los años de apogeo del Instituto Nóos, prescribieran.
Pero los disgustos para el matrimonio, que comenzaba a ver la luz gracias a la entrada en escena de Hacienda como tabla de salvación, no terminaban ahí. Pese a los esfuerzos institucionales por amortiguar el golpe, hasta en la Administración y en la clase política siempre hay excepciones y el presidente balear, el popular José Ramón Bauzá, decidió dar un paso al frente y coger el toro por los cuernos de la vinculación de la ciudad de Palma con los duques de tal nombre.
Bauzá consideró que el PP debía actuar en consonancia con lo que reclamaba la ciudadanía que le había votado. Bajo este criterio, no cabía ninguna duda. Iñaki Urdangarin y Cristina de Borbón habían deshonrado el título de duques de Palma que ostentaban con una conducta poco ejemplar y presuntamente delictiva. Pero todavía más, se habían aprovechado de esa condición para distraer recursos de las arcas públicas en su propio beneficio. Por lo tanto, hacía falta un gesto por parte de las autoridades baleares que dejase constancia de la reprobación pública a su conducta. Se acabaron las medias tintas y la diplomacia de antaño. Si el discurso de Bauzá había sido decididamente regeneracionista después de la corrupta era Matas, tenía ante sí una oportunidad de oro para reivindicarse con actos.
¿Por qué esperar a que resolvieran dentro de no se sabe cuántos años los tribunales de Justicia si ya estaba claro que el matrimonio no había actuado correctamente? Pero más allá de los desfalcos, la facturación falsa y el humo enlatado que había vendido Urdangarin al ejecutivo balear, la gota que había colmado definitivamente el vaso había sido la mofa que había hecho el yerno del rey en uno de los correos electrónicos aflorados por su socio en los que firmaba como «El duque em… Palma… do».
De ahí que el PP en el Ayuntamiento de Palma, con Mateo Isern como primer edil, acordase retirar de inmediato el nombre de una de las avenidas más importantes de la ciudad, el de la «Rambla de los duques de Palma». A partir de ahora pasaría a denominarse, «La Rambla», a secas. El portavoz municipal, Julio Martínez, explicó la decisión del consistorio por «la conducta poco ejemplar y la falta de consideración hacia el título y el nombre de nuestra ciudad… Y sobre todo por respeto a la opinión de los ciudadanos, porque consideramos que es una demanda generalizada entre los palmesanos».
Los operarios procedieron pocos días después a consumar la retirada y sustitución de las placas de mármol, que sin embargo no tardaron en volver a sufrir retoques. A la mañana siguiente de su estreno, a la denominación de «La Rambla» tallada con cincel, le acompañaba un añadido escrito a ordenador en un folio que había sido cuidadosamente pegado con celo: «Del juez Castro».