[1] The Principles of Economic Planning, Londres 1949, p. 32. <<
[2] Recientemente se ha hecho un valioso intento de remediar esta postura. Véase R. TURVEY, Economics of Real Property, Londres 1957. Entre las publicaciones anteriores en torno al tema de la imposición local, véase E. CANNAN, especialmente su Hislory of Local Rales, 2:ª ed., Londres 1912, y su memorándum en Royal Commission on Local Taxalion: Memoranda Chiefly Relaling to the Classification and Incidence of Imperial and Local Taxes, H. M. Stationary Office, Londres 1899, 9528, pp. 160-175. Ambas cuentan todavía entre las más útiles aportaciones en cuestiones tan cruciales. <<
[3] ADAM SMITH, Lectures on Justice, Police, Revenue, and Arms (conferencias pronunciadas en 1763), ed. E. Cannan, Oxford 1896, p. 154. <<
[4] Cfr. M. FRIEDMAN y G. J. STIGLER, Roofs of Ceilings? Nueva York (Foundation for Economic Education), 1946; B. DE JOUVENEL, No Vacancies, Nueva York (Foundation for Economic Education), 1948; R. F. HARROD, Are These Hardships Necessary? Londres 1948; F. W. PAISH, «The Economics of Rent Restriction», Lloyds B. R., abril 1950, XX, reimpreso en la obra del mismo autor The Post- War Financial Problem Londres 1950; W. RÖPKE, Wohnungszwangswirtschaft — ein europäisches Problem, Düsseldorf 1951; A. AMONN, «Normalissierung der Wohnungswirtschaft in grundsätzlicher Sicht», Schweizer Monalschejte, junio 1953, y mis ensayos anteriores, Das Mielerschulzproblem, Viena 1929, y «Wirkungen der Mietzinsbeschränkungen», Schriften des Vereins für Sozialpolitik, CLXXXII, 1929. <<
[5] El ejemplo viene dado por F. W. PAISH en el ensayo citado en la nota precedente, p. 79 de la reimpresión. <<
[6] E. FORSTHOFF, Lehrbuch des Verwaltungsrechts, I, Munich 1950, p. 222. <<
[7] Sólo recientemente se han hecho determinados esfuerzos sistemáticos en Gran Bretaña y en Alemania para abolir todo el sistema de control de alquileres. Incluso en los Estados Unidos todavía subsiste en la ciudad de Nueva York. <<
[8] Tales oportunidades frecuentemente se utilizan en varias partes del mundo para mantener alejadas minorías raciales impopulares. <<
[9] SlR PREDERICK osborn, «How Subsidies Distort Housing Development», Lloyds B. R., abril 1955, p. 25. <<
[10] Sobre estos problemas véase la obra de R. TURVEY mencionada en la nota primera, y ALLISON DUNHAN, «City Planning: An Analysis of the Content of the Master Plan», The Journal of Law and Economics, I, 1958. <<
[11] La medida en que el movimiento de planificación urbana, bajo la dirección de hombres tales como Frederick Law Olmsted, Patrick Geddes y Lewis Mumford, se ha convertido en algo antieconómico que constituiría materia para un interesante estudio. <<
[12] Quizá debería decirse, en disculpa de los economistas británicos, que difícilmente se hubieran convertido tales absurdos en ley si las decisivas etapas de preparación de la misma no hubiesen coincidido con momentos en que tales economistas estaban ocupados casi por completo en el esfuerzo de la guerra, mientras los planificadores urbanos tenían tiempo y campo libre para configurar su concepción de un mundo mejor para la posguerra. Cuando se discutió la ley en el Parlamento, muy pocos comprendieron sus implicaciones y probablemente nadie previó que el ministerio responsable utilizaría los poderes que se le daban para decretar la completa confiscación de las plusvalías originadas por el desarrollo urbanístico. Sobre la ley, véase SIR ARNOLD PLANT, «Land Planning and the Economic Functions of Ownership», Journal of the Chartered Auctioneers and Estate Agents Institute, XXIX, 1949, y como complemento de la obra de R. TURVEY ya mencionada, su artículo «Development Charges and the Compensation- Betterment Problem», E. J., LXIII, 1953, Y mi artículo «A Levy on Increasing Efficiency», The Financial Times, Londres, 26, 27 y 28 de abril de 1949. <<
[13] G. M. HMR, Land Planning in a Free Society: A Study of the British Town and Country Planning Act, Harvard University Press, 1951; cfr. mi crítica de dicho estudio en University of Chicago Law Review, XIX, 1952. <<
[14] Técnicamente hablando, tal organismo actúa dentro de los límites señalados por el ministro responsable, que, habiendo sido autorizado para fijar los impuestos de desarrollo en un porcentaje del valor de la plusvalía, decidió fijarlos en el 100 por 100. <<
[15] Central Land Board, Practice Notes (First Series), L. H. M. Stationary Office, 1949, pp. 2-3. <<
[16] AUGUST LÓSCH, The Economics of Location, Yale University Press, 1954, pp. 343-44. <<