PARTE 4ª
NEOFEMINISMO DE GÉNERO

La expresión «de género» ha sido la última incorporación de la terminología feminista, en su necesidad de renovar los términos, ante la imposibilidad de hacerlo con los argumentos. Si hace menos de una década el feminismo apelaba lingüísticamente a la «igualdad», ahora apela al «género». Un término lingüísticamente incorrecto —tenemos sexo, no género—, que trata de enmascarar las intenciones criminalizadoras del feminismo radical del siglo XXI, en una ofensiva sin precedentes, con el objetivo de imponer su propia perspectiva sesgada de la realidad. Cuando el feminismo se refiere a políticas o leyes «de género» está diciendo políticas o leyes abiertamente discriminadoras hacia los hombres. Cuando habla de perspectiva «de género», habla de una perspectiva que pretende «legitimar» esa discriminación, incluso en el ámbito de los derechos fundamentales, que desde ese momento dejan de serlo. Si antes del «género» se culpabilizaba al varón de los problemas de la mujer, ahora, directamente, también se lo criminaliza, que es un grado más de culpabilización. A los argumentos de la mujer discriminada se añade el de mujer agredida, como justificación de discriminaciones «positivas» en el ámbito penal. Esta es la nueva ola del «género», más allá de la «igualdad», que, en realidad, solo trata de imponer una sola norma: la supremacía, moral y jurídica, de un sexo sobre el otro: por cuestión de sexo.