Lo de verdad amargo es el alegre modo en el cual destruimos una vida alegre y rica, y la más emancipada de la historia, para sustituirla por un prolijo infierno. Este de ahora. En el cual, aniquilado el refugio de lo privado, ese refinamiento mayor de las sociedades libres, decidimos instalarnos sobre un territorio de guerra. A muerte. Llaman a eso «corrección política». Pero su nombre es «suicidio.»
Gabriel Albac (2009) Filósofo
Independientemente de cualquier análisis cuantitativo, nunca la vulneración de derechos fundamentales es justificable con cifras. Lo cualitativo no puede ser confundido con lo cuantitativo, y quizás esta deliberada confusión sea la primera perversión utilizada en la gestación de la Ley de Violencia de Género, cuyos intentos de justificación han sido, sobre todo, de índole «estadística». Un solo caso de vulneración de derechos fundamentales de la persona debería poner en jaque a ésta o a cualquier otra Ley. Pero no es uno, son miles los casos donde podría estar dándose esta vulneración, cuyo origen radica en la propia redacción jurídica del texto legal.
Si según Díaz-Aguado (2005) ya en 2004, y en virtud de la ley de Violencia Doméstica, se presentaron en España un total de 57 527 denuncias por «malos tratos» (incluyendo hombres, mujeres y menores), con la entrada en vigor de la Ley de Violencia de Género estas cifras totales se multiplican por tres, considerando solo las denuncias presentadas por mujeres. Esta multiplicación de las denuncias se justifica eufemísticamente como «afloramiento» del maltrato, desde instancias oficiales. Pero desde la entrada en vigor en junio de 2005 hasta el segundo trimestre de 2008 los procedimientos penales ingresados directamente en los juzgados de violencia de género, según informe del CGPJ (2008) sumaron nada menos que 480 663 en toda España, apreciándose un incremento anual constante en dichos procedimientos:
Los datos hechos públicos por el CGPJ terminan con la serie que aquí mostramos. Según las asociaciones de afectados, desde que entró en vigor la Ley, en junio de 2005, hasta diciembre de 2008, se han presentado unas 600 000 denuncias, de las que la mitad fueron archivadas en la instrucción y 95 284 derivaron en condenas, el 16% de las denuncias (El Mundo, 07/06/2009). Si restamos las condenas «en conformidad», que se aceptan normalmente en estado de «shock» tras la detención, con abogado de oficio, y para evitar la orden de alejamiento y el ingreso en prisión, nos quedaría que las condenas dictadas estrictamente por deliberación judicial son inferiores al 10% de las denuncias presentadas. Y ello a pesar de la presunción de culpabilidad de los acusados emanada de la propia Ley.
Las medidas penales adoptadas —no sentencias—, incluyendo las medidas previas al encausamiento, ascendieron a 255 597 (desde el 2° semestre de 2005 al 1° de 2008); entre estas medidas se incluyen las detenciones, la salida obligatoria del domicilio, las órdenes de alejamiento, la prohibición de comunicación, la prohibición de estar en determinados lugares y otras, o combinaciones de ellas. Las medidas civiles adoptadas, frente a 40 491 procedimientos civiles ingresados en esos juzgados en el mismo periodo, fueron 58 966; entre las que se incluyen la atribución de la vivienda a la mujer, la suspensión del régimen de visitas a los hijos, la suspensión de la guarda y custodia o de la patria potestad, la obligación a la prestación de alimentos, y otras.
A pesar de las cifras resultantes de la aplicación de esta Ley injusta, y de su incapacidad manifiesta para resolver ningún problema, en septiembre de 2009 la ministra de «Igualdad» seguía afirmando que hay que animar a las mujeres maltratadas a que pierdan el miedo y denuncien. (Martínez, Víctor, 2009). Como afirmó la fiscal jefe de Sevilla en relación al incremento del 21,7 por ciento en las causas tramitadas en Sevilla por violencia doméstica en 2008 respecto al año anterior, «estamos viviendo una progresión geométrica de la percepción de esta violencia». (ABC, 19/06/09). Efectivamente, una nueva «percepción» de la «violencia de género», generada por la insólita regulación penal establecida en España, que terminará haciendo percibir toda relación de intimidad, por uno y otro lado, como violencia. Según el informe presentado por la Consejería de Igualdad, en noviembre de 2009 las denuncias por «violencia de género» habían crecido en Andalucía un 51% respecto al año anterior; de las 13 700 denuncias que se habían presentado, una de ellas correspondía a una mujer fallecida.