CÁRCEL DE XXXXX
DISTRITO PENITENCIARIO N.º 45
Informe del director, Sr. Alphonse Bérenger
23 de noviembre del año en curso
A la atención de la oficina del procurador general,
J. B. Marin
Asunto: CONFIDENCIAL
Apreciado señor Marin:
Me permito escribirle para referirle el extraño caso de un detenido.
El sujeto en cuestión tiene el número de registro RK-357/9. Ya sólo nos referimos a él de este modo, a la vista de que nunca ha querido procurarnos sus datos personales.
La detención por parte de la policía tuvo lugar el 22 de octubre. El hombre vagaba de noche, solo y desnudo, por una carretera rural de la región de xxxxx.
La comprobación de las huellas digitales con las contenidas en los archivos ha excluido su implicación en delitos precedentes o en crímenes no resueltos. Sin embargo, su reiterado rechazo a revelar la propia identidad, incluso delante de un juez, le ha costado una condena de cuatro meses y dieciocho días de reclusión.
Desde el mismo momento en que llegó a la penitenciaría, el detenido RK-357/9 nunca ha dado señales de insubordinación, sino que se ha mostrado siempre respetuoso con el reglamento carcelario. Además, el individuo es de índole solitaria y poco propenso a socializar.
Quizá también por eso nadie se había dado cuenta de su particular comportamiento, recientemente descubierto sólo por uno de nuestros carceleros.
El detenido RK-357/9 limpia y repasa con un paño de fieltro todos los objetos con los que entra en contacto, recoge cada uno de los pelos que pierde a diario, lustra a la perfección los cubiertos y el inodoro cada vez que los usa.
Así pues, o bien estamos ante un maníaco de la higiene o, mucho más probablemente, ante un individuo que quiere evitar a toda costa dejar “material orgánico”.
Albergamos, por consiguiente, la seria sospecha de que el detenido RK-357/9 haya cometido algún crimen de particular gravedad y quiera impedirnos conseguir su ADN para identificarlo.
Hasta hoy, el sujeto ha compartido la celda con otro preso, que lo ha favorecido ciertamente para confundir las propias huellas biológicas. Sin embargo, le informo que como primera medida hemos suprimido tal condición de promiscuidad, aislándolo.
Así pues, remito este comunicado a su despacho con el objeto de proceder con la adecuada investigación y solicitar, si fuera necesario, una medida de urgencia del tribunal que obligue a efectuar un análisis de ADN al detenido RK-357/9.
Todo ello teniendo en cuenta el hecho de que, dentro de exactamente ciento nueve días (el 12 de marzo), el sujeto habrá terminado de cumplir condena.
Con obediencia.
Sr. Alphonse Berenger,
director