Las islas del tesoro

En 1998 la OCDE especifica los criterios que debe reunir un país o territorio para que sea calificado como paraíso fiscal:

  1. Ausencia de impuestos o impuestos meramente nominales para las rentas generadas por las actividades económicas.
  2. Carencia de intercambio efectivo de información basado en una legislación y prácticas administrativas que permiten a las empresas y particulares beneficiarse de normas basadas en el secreto frente a la fiscalización de las autoridades, y que impiden el intercambio de información de sus contribuyentes con otros países.
  3. La falta de transparencia en la aplicación de las normas administrativas o legislativas.
  4. La no exigencia de actividad real a particulares o a empresas domiciliadas en esa jurisdicción fiscal por el hecho de que solo quieren atraer inversiones que acuden a esos lugares por razones tributarias.

Sin embargo, ante las presiones de la administración estadounidense, en julio de 2001 el Comité de Asuntos Fiscales de la OCDE, órgano encargado de realizar el seguimiento de las jurisdicciones identificadas como paraísos fiscales, alcanzó un compromiso por el cual estos lugares no serían sancionados por su régimen tributario propiamente dicho, sino por su grado de cooperación en la transparencia e intercambio de información con otros países. Esto supone en la práctica una corrección clara de la definición de paraíso fiscal, que a partir de ahora está más ligada a su grado de cooperación que a su régimen tributario. Importa más conocer el origen lícito o no del capital que aplicarle cualquier exención fiscal. Así, la organización identifica treinta y tres jurisdicciones que «hacen esfuerzos de intercambio de información», mientras acusa a cinco de ser totalmente opacas (Andorra, Liberia, Liechtenstein, Islas Marshall y Mónaco). La ONU, por su parte, llegó a contar setenta y cuatro centros financieros de este tipo en 2004.29

Estos territorios reciben un capital que busca la máxima rentabilidad al amparo de una serie de factores que los caracterizan:

  1. Su existencia es real, no ficticia, con vías de transporte y de comunicación bien desarrolladas, con un régimen político estable, amparados en muchas ocasiones por los propios Estados a los que están vinculados o de los que son vecinos.
  2. Gozan de plena estabilidad económica y usan una moneda fuerte (divisa) para garantizar las transacciones que realizan.
  3. Disponen de una sólida estructura social, económica y jurídica.
  4. Poseen un régimen tributario particular para no residentes que contempla beneficios o ventajas tributarias.
  5. Respetan el secreto bancario.
  6. Carecen de una política de control de cambios.
  7. Carencia o limitación de los tratados de cooperación judicial entre Estados.

España maneja en la actualidad una lista de cuarenta y ocho paraísos fiscales, menos que los identificados en el Real Decreto 1080/91, aunque desde entonces varios de ellos fueron excluidos gracias a la firma de acuerdos bilaterales. Los paraísos fiscales según la legislación española son:

Lo más desalentador de este fenómeno, según el Centro de Análisis y Prospectiva de la Guardia Civil, es el amparo de los gobiernos occidentales a estos países. Las grandes potencias tienen importantes lazos que las vinculan a los paraísos fiscales. La mayor parte del Caribe son colonias de ultramar de la Commonwealth británica. Y otros países, como Panamá o Singapur, a pesar de su independencia, están ligados de forma íntima a la historia de potencias como Estados Unidos o China. El amparo que algunos países prestan a los paraísos fiscales más próximos reviste a menudo formas aparentemente inocuas. Por ejemplo facilitando las telecomunicaciones locales: en enero de 2003 el gobierno español concedió a Gibraltar 100.000 números de teléfonos fijos para sus 27.714 habitantes, con un nuevo prefijo dentro de la red de la provincia de Cádiz; hasta ese momento disponía de los 30.000 números que en 1986 había concedido otro gobierno. En apariencia se cumplía así uno de los acuerdos alcanzados en el marco de las negociaciones hispano-británicas sobre la soberanía de la roca: «Promover una mayor cooperación en materia de telecomunicaciones».

Las comunicaciones son de vital importancia si tenemos en cuenta que Internet es el instrumento más utilizado para lavar dinero según el Grupo de Acción Financiera. Este organismo intergubernamental, creado por el G-7, se encarga de promover medidas para combatir el fraude fiscal a través de offshores. La gran ventaja de la red para el estafador es la dificultad de asociar una gestión online con una actividad real de la empresa pantalla. Amparándose en el uso de las nuevas tecnologías, pequeños y grandes capitales viajan por la red hasta su destino en los llamados paraísos fiscales. En el peor de los casos, Internet se ha convertido en la herramienta perfecta para blanquear dinero del narcotráfico o el tráfico de armas. Las islas Barbados, Bahamas o las Caimán, otrora hogar de piratas, se han convertido ahora en guardianes del tesoro para inversores de todo el mundo.