Siempre dicen que está mal hablar de dinero, pero seguro que le ha picado la curiosidad. Un compañero de trabajo o un familiar que reside en otra comunidad suelta en una comida:
—Pues a mí, Hacienda me ha devuelto dinero.
—Pues a mí… bueno…
Esa cara de primo que se le queda a uno es difícil de disimular.
¿Cómo lo hace? Pensará usted corroído por la envidia. Este cobra lo mismo que yo, su mujer cobra lo mismo que la mía y tenemos el mismo número de hijos, poseemos las mismas cosas… ¿Cómo lo ha hecho? Pues viviendo en otra comunidad.
En la práctica, en España no hay unidad tributaria. Una misma familia puede encontrarse con diferencias de hasta 3.000 euros en su declaración de la renta, según la región en que resida. Algunas tienen altas deducciones por gastos de guardería, otras por haber tenido un hijo, o deducciones por vivienda. Incluso si tiene pensado morirse, vaya pensando desde dónde quiere pasar al otro mundo. Porque dependiendo de cada comunidad autónoma pagará impuestos de sucesiones diferentes. Morir no vale lo mismo en Madrid que en Barcelona. Hagamos un ejercicio práctico. Un padre muere en Barcelona y deja de herederos a sus dos hijos a partes iguales y el seguro de vida a su esposa.
Estos son sus bienes:
Dos casas: |
800.000 euros |
Depósito bancario: |
150.000 euros |
Valores: |
75.000 euros |
Seguro de vida: |
200.000 euros |
El total de la herencia son 1.200.000 euros. ¿Sabe cuánto pagarían los hijos en impuestos en Madrid por una herencia como esta? Alrededor de 2.000 euros. En Cataluña, alrededor de 200.000. Un 99 por ciento más. Así que si está pichí pachá y es catalán, deje la tierra y el Barça a un lado y hágase capitalino y madridista en sus últimos minutos de vida: los suyos se lo agradecerán. Por cierto, en estas comparativas no se han podido incluir ni al País Vasco ni a Navarra, pues su régimen foral les da una autonomía tan exclusiva que es como si habláramos de regímenes fiscales de dos países extranjeros.
Esto a nivel particular, pero si nos vamos a la tributación de las empresas, las cosas son iguales. Hasta el punto de que dentro de una misma provincia se puede dar una especie de paraíso fiscal, según las tasas locales. Un ejemplo muy claro es el de los impuestos de circulación. En el caso de Madrid, las empresas de alquiler y renting de vehículos trasladaron su domicilio fiscal a pueblos colindantes donde ese impuesto es hasta siete veces menor, como en el caso de Robledo de Chavela. La consecuencia era previsible y los coches de alquiler que tributaban en Madrid pasaron de 47.499 en 2001 a únicamente 426 en 2010. Conclusión, cerca de 20,7 millones de euros que desde esa fecha no entran en las arcas de Madrid. El caso acabó en los juzgados, pero estos negaron la razón al ayuntamiento de la capital.
Sin embargo, otras comunidades se pasan y desde el gobierno central se deja hacer. En los años noventa, en el País Vasco, se rebajó el impuesto de sociedades a las nuevas empresas que se radicaran allí. Así que muchas de las que estaban en comunidades limítrofes se mudaron. El nombre que se le dio a esta maniobra lo dice todo: «vacaciones fiscales». Frente a las protestas de las autonomías colindantes, que vieron cómo emigraban sus empresas, ¿cree que fue el gobierno central el que puso paz? No, como siempre tuvo que ser un organismo europeo, en este caso la Comisión Europea, la que zanjó el tema. En julio de 2011 sentenció que las vacaciones fiscales vascas son ilegales. Así que multa para España de 40 millones de euros y 250.000 euros por cada día de retraso en la devolución. ¿Multa para España? ¡Si fue el Gobierno vasco el que la lio! Sí, pero la UE solo reconoce un interlocutor, en este caso al gobierno central, así que a pagar como siempre usted, sin comerlo ni beberlo.